viernes, 20 de abril de 2012

MUY IMPORTANTE: Real DecretoLey 14/2012

El sabado 21 de abril de 2012 se ha publicado en el BOE el  Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, que entra en vigor mañana.

El art. 2 dice:

Artículo 2. Ratios de alumnos por aula.
Cuando, por razones de limitación del gasto público, la Ley de Presupuestos Generales del Estado no autorice la incorporación de personal de nuevo ingreso mediante Oferta de Empleo Público o establezca, con carácter básico, una tasa de reposición de efectivos inferior al 50 por 100, las Administraciones educativas podrán ampliar hasta un 20 por 100 el número máximo de alumnos establecido en el artículo 157.1.a) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para la educación primaria y secundaria obligatoria.
Este porcentaje de ampliación resultará asimismo aplicable a los límites máximos de número de alumnos fijados mediante norma reglamentaria para las restantes enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Lo dispuesto en este artículo resulta de aplicación tanto a los centros docentes públicos como a los privados sostenidos con fondos públicos.

¿Qué quiere decir esto?
Aunque está pendiente de concreción y desarrollo, dado que entra ya en vigor, con efectos, entiendo yo, para el curso proximo 2012-13, significa que si el colegio oferta 25 plazas y hay 30 solicitudes, se puede (o debe) ampliar el ratio hasta los 30 niños y no dejar a los 5 que sobran fuera.
Insisto, la norma esta pendiente de ver como se desarrolla y aplica, ESTAD ATENTOS LOS QUE OS QUEDEIS EN LOS 5 PRIMEROS PUESTOS DE LA LISTA DE ESPERA, porque puede que con este Decreto Ley os dejen entrar, hay que ir a hablar con las respectivas delegaciones de educación, para saber si van a aplicarlo en cada caso concreto.
En mi opinion, el decreto ley no obliga, sino que permite ampliar el ratio hasta 30 por aula, por lo menos ya si os dejan fuera será porque quieren, ya no vale que os digan que es por culpa de la ley que no deja meter más de 25 por clase (antes el aumento del ratio era del 10%, hasta 27-28 por aula, pero solo después de iniciado el curso y para atender casos extraordinarios de escolarizacion tardía).

OJO: Releyendo el RDL 14/2012 habla solo de "primaria y secundaria", no de "infantil", eso es porque la LOE 2/2006 solo fija ratios para primaria y secundaria, los de infantil vienen en normas reglamentarias, es decir, que tambien se aplica en infantil.

P.D. Perdonad si no contesto a tiempo las consultas, es que no entro todos los días en la página, si alguien tiene alguna cosa urgente o confidencial, contactar conmigo en br2209@icaalmeria.com

298 comentarios:

  1. Buenos Días, mi hijo de 3 años se ha quedado fuera del centro con 14 puntos debido al sorteo. ¿Qué puedo hacer para solicitar el aumento de ratio según el real Decreto? ¿tengo que esperar a recurso de alzada o se puede hacer algo antes de que sea más tarde? ¿se podría hacer una petición grupal de todos los padres afectados a la Consejería o delegaciones provinciales?
    Espero su respuesta, gracias.

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  2. Estoy en tu misma situación Yolanda...
    Según el sorteo y las cuentas, mi hijo se queda fuera (sin plaza) en el Colegio Santa Teresa de Jesús de San Juan de Aznalfarache. He ido hoy a solicitar revisar los expedientes, y en el centro me han dicho que NO es posible ahora. QUe tengo que solicitarlo POR ESCRITO a la Delegación de Educación de Sevilla, a partir del día 17 de mayo. Me he quedado de piedra claro porque entiendo que el día 17 es muy tarde, ya que las listas salen este miércoles día 10 y que además tenía entendido que los centros están obligados a enseñarnos los expedientes...

    ¿Tiene razón el centro al negarse?¿Qué puedo hacer??? ¿En qué norma puedo basarme para que me enseñen las solicitudes?

    Muchísimas gracias por vuestra atención.
    Natalia

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  3. El Real Decreto no obliga, sino que permite que si quiere la Consejeria de Educacion puede aumentar el ratio hasta 30 por clase en infantil. El aumento del ratio, en mi opinión, no es susceptible de pedirse via recurso de alzada, es algo que hay que pedir como un favor a la administracion, hablarles, llorarles y suplicarles.
    Otra cosa distinta es que, ante una avalancha de recursos de alzada pidiendo revisar expedientes y puntuaciones, la Consejería, para evitar problemas y recursos, acceda a aumentar el ratio voluntariamente para meter a los niños que se han quedado fuera y evitar pleitos.
    Los expedientes estan obligados a enseñarlos en el plazo de alegaciones, que ya ha pasado. Ahora, en el momento del recurso de alzada, no está claro que esten obligados a hacerlo, en mi opinión si deben hacerlo, en base a la Ley 30/1992 que reconoce el derecho a examinar los expedientes en los que uno es interesado. De todos modos, incluso sin ver expedientes, se puede presentar recurso de alzada "a ciegas".

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  4. MODELO DE ESCRITO PARA VER EL EXPEDIENTE ANTES DE PRESENTAR RECURSO DE ALZADA:


    AL ILTMO SR. DELEGADO PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN ____


    D. ____, con D.N.I. _____, mayor de edad, de profesión _____, con domicilio en la ciudad de ____, calle ___, código postal 04____, teléfonos 950_____ y 6______ [PONER CUANTOS MAS TELEFONOS MEJOR Y EMAILS PARA QUE NO DIGAN QUE NO OS PUDIERON LOCALIZAR], actuando en su propio nombre y también en representación de su hijo menor de edad Dª _____, con D.N.I. _____ e idéntico domicilio, ante ese organismo comparece y, como mejor proceda en derecho,


    E X P O N E :

    Que, habiendo solicitado plaza, como centro prioritario, para mi hijO de 3 años en el “Colegio de Educación Infantil y Primaria _____” sito en C/ ____ de ____, con código ____ (en adelante, el “C.E.I.P. _____”) para el 2º ciclo de Educación Infantil (curso 2011/2012), el 11 de mayo de 2011 se ha publicado en el tablón de anuncios del citado centro la resolución del procedimiento, a resultas de la cual quedan admitidos un total de ____ alumnos/as y no se admiten los __ restantes (entre ellos mi hijO, D ______) que también solicitaron el colegio como prioritario (que fueron ___ en total).

    Que, a los efectos de fundamentar el recurso de alzada que (al amparo de los arts. 114 y 115 de la Ley 30/1992, 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y 52 del Decreto 40/2011 de 22 de febrero) voy a interponer, solicito la VISTA DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO, rogándome se me indique día y hora en que (lógicamente antes de que trascurra el plazo legal de un mes para formular el recurso de alzada) puedo personarme en las dependencias de esa Delegación de Educación al objeto de examinar el expediente de escolarización al que me refiero más arriba.

    Que el derecho al examen del expediente resulta, entre otras disposiciones legales, del art. 35.a de la Ley 30/1992, que reconoce a los interesados el derecho “a conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y obtener copias de documentos contenidos en ellos”.

    En base a lo expuesto,

    S O L I C I T A :

    Se tenga por presentado éste escrito solicitando vista del expediente citado, se admita, y, tras los trámites oportunos se me cite indicándome día y hora para examinar el expediente correspondiente al procedimiento de admisión del alumnado para el curso 2011/12 para alumnos/as de tres años (2º ciclo de educación infantil) referida al C.E.I.P. ________, con vista a la preparación e interposición posterior de recurso de alzada frente a aquel acto administrativo.


    En _____, a ___ de mayo de 2011.




    Fdo. _____ (en su propio nombre y derecho y también en representación de su hijo menor de edad, Dª ______)


    (ojo, este modelo es para el curso pasado, adaptarlo a vuestra ciudad y al curso 2012-2013)

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  5. ADJUNTO MODELO DE RECURSO DE ALZADA SI NO HABEIS PODIDO VER EL EXPEDIENTE:


    AL ILTMO SR. DELEGADO PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN _____

    D. ____, con D.N.I. _____, mayor de edad, de profesión _____, con domicilio en la ciudad de ____, calle ___, código postal ____, teléfonos _____ y ______, actuando en su propio nombre y también en representación de su hija menor de edad Dª _____, con D.N.I. _____ e idéntico domicilio, ante ese organismo comparece y, como mejor proceda en derecho,

    E X P O N E :

    Que, habiendo solicitado plaza, como centro prioritario, para mi hija de 3 años en el “Colegio de Educación Infantil y Primaria _____” sito en C/ ____ de _____, con código ______ (en adelante, el “C.E.I.P. _____”) para el 2º ciclo de Educación Infantil (curso 2011/2012), el 11 de mayo de 2011 se ha publicado en el tablón de anuncios del citado centro la resolución del procedimiento, a resultas de la cual quedan admitidos un total de ____ alumnos/as y no se admiten los __ restantes (entre ellos mi hija, Dª ______) que también solicitaron el colegio como prioritario (que fueron ___ en total).

    Que, dentro del plazo legal de un mes, al amparo de los arts. 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y 52 del Decreto 40/2011 de 22 de febrero (B.O.J.A. núm. 40 de 25-2-2011), mediante el presente escrito interpongo RECURSO DE ALZADA frente a la resolución del procedimiento de admisión del alumnado para el curso 2011/12 para alumnos/as de tres años referida al C.E.I.P. _____ y citada más arriba, por entenderla, dicho sea con todos los respectos, no ajustada a derecho, según se explica en los siguientes

    H E C H O S :


    PRIMERO.- Que tanto el que suscribe este escrito (D. ______) como mi hija (Dª. ___) y esposa (Dª. ____) residimos desde hace años en la zona delimitada como área de influencia del citado colegio “C.E.I.P. ___”, concretamente en la C/ _____.

    SEGUNDO.- Que el 11 de mayo de 2011 se ha publicado en el tablón de anuncios del citado C.E.I.P. _____ la resolución del procedimiento de admisión del alumnado para el curso 2011/12 para alumnos/as de tres años (2º ciclo de educación infantil), resultando no admitida mi hija, que había solicitado dicho centro como prioritario.

    TERCERO.- Que, mediante escrito presentado el ___ de mayo de 2011 solicité la vista del expediente de cara a preparar el presente recurso de alzada, sin embargo, no se me ha permitido ver el mismo ya que __________________ [EXPLICAR QUE HA PASADO, SI OS HAN DICHO QUE NO SE PUEDE, SI HAN DADO LARGAS, ETC]

    CUARTO.- Que, aparte de otras irregularidades, sospecho que existen varios alumnos/as cuyos domicilios declarados podrían no corresponder con los reales, y, por tanto, deberían comprobarse (p.e. recabando información del domicilio fiscal a Agencia Tributaria, solicitando la colaboración de la Policía Local, etc…) y proceder, en su caso, conforme dispone el art. 50.4 del Decreto 40/2011, concretamente D. _______ (, así como Dª. ____, D. ____, y Dª _____ [CITAR ALGUNOS SI SOSPECHAIS].

    QUINTO.- Que, por todo ello, se interpone en tiempo y forma el presente recurso de alzada, solicitando la anulación o declaración de nulidad del acto impugnado, solicitándose igualmente la suspensión del acto administrativo impugnado, al objeto de evitar perjuicios de difícil o imposible reparación.

    A lo anterior resultan de aplicación los siguientes

    F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O :

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  6. MODELO RECURSO DE ALZADA (pagina 2, es que no cabe en un solo mensaje)


    F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O :

    I

    Por lo que se refiere al recurso de alzada, los plazos para su interposición (un mes) y resolución (3 meses), vienen regulados en los arts. 114 y 115 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y también en el art. 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y en el art. 52 del Decreto 40/2011 de 22 de febrero, ya citado.

    El art. 35.a de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reconoce a los interesados el derecho “a conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y obtener copias de documentos contenidos en ellos”, derecho que en este caso no se ha respetado, por cuanto que solicitado el examen del expediente el día ____, no se me ha permitido verlo, habiendo tenido que formular “a ciegas” el presente recurso. Dicha circunstancia vicia de anulabilidad o nulidad radical todo el procedimiento, conforme dispone la Ley 30/1992 ya citada.


    II

    Respecto al procedimiento en virtud del cual se ha dictado el acto impugnado, son de aplicación los arts. 68 y ss. de la ya mentada Ley 30/1992 y 111 y ss. de la también citada Ley andaluza 9/2007, y, el Decreto 40/2011 de 22 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato, así como la Orden de 24 de febrero de 2011 (B.O.J.A. número 40 de 25-2-2011), por la que se desarrolla el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato.

    III

    Las comprobaciones que se solicitan, se sustentan en lo previsto en el art. 84.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que señala que “las Administraciones educativas podrán solicitar la colaboración de otras instancias administrativas para garantizar la autenticidad de los datos que los interesados y centros aporten en el proceso de admisión del alumnado”, mientras que según el art. 80 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común “los hechos relevantes para la decisión de un procedimiento podrán acreditarse por cualquier medio de prueba admisible en Derecho” y “cuando la Administración no tenga por ciertos los hechos alegados por los interesados o la naturaleza del procedimiento lo exija, el instructor del mismo acordará la apertura de un período de prueba … a fin de que puedan practicarse cuantas juzgue pertinentes” teniendo en cuenta que “el instructor del procedimiento sólo podrá rechazar las pruebas propuestas por los interesados cuando sean manifiestamente improcedentes o innecesarias, mediante resolución motivada”.

    Al amparo de los preceptos citados se solicita:

    a) Se pida a Agencia Tributaria certifique cual es el domicilio declarado a efectos tributarios y/o como residencia habitual a efectos de la desgravación en I.R.P.F. por compra o alquiler de vivienda tanto del padre como de la madre de cada niño/a.

    b) Se pida a las compañías de telefonía operadoras de los números de teléfono (fijos y móviles) expresados por los padres y madres en las solicitudes informen del domicilio de correspondencia que les consta en sus archivos y adonde habitualmente vienen remitiendo sus facturas.

    c)

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  7. c) Se pida al Ayuntamiento y al I.N.E. certifique desde cuando se encuentran empadronados tanto los padres y madres como los hijos en la vivienda que declaran como residencia habitual (ya que si el cambio de domicilio es reciente podríamos estar ante un fraude de Ley previsto en el art. 6.4 del Código Civil).

    d) Se solicite la colaboración de la Policía Local para indagar y personarse en los domicilios declarados (es especial los de aquellos solicitantes que conforme al art. 19.2 del Decreto 40/2011 han aportado un certificado de empadronamiento que no coincide con los datos del I.N.E.) y preguntar a los vecinos acerca de la realidad de los domicilios declarados tanto por los padres como por los futuros alumnos/as.

    IV

    Vistas las irregularidades detectadas y señaladas en los hechos de este escrito, más lo que resulte de las comprobaciones que se solicitan de domicilios y demás circunstancias declaradas por los solicitantes, procede llevar a cabo una nueva baremación de todas las solicitudes, deben revisarse las puntaciones asignadas y, por ende, la lista de alumnos admitidos y no admitidos, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

    a) Los domicilios de padre, madre e hijos/as, deben concordar, ya que conforme al art. 69 del Código Civil, “se presume, salvo prueba en contrario, que los cónyuges viven juntos”, y según los arts. 154 y ss. los hijos deben vivir con los padres, y por tanto sin previa separación no es admisible un domicilio del hijo distinto del del padreo o la madre. Por tanto, deben investigarse y aclararse aquellos casos (varios) en los que el empadronamiento de padre, madre e hijo/a no coinciden.

    b) El art. 50.4 del Decreto 40/2011 señala que “en el caso de que los datos que figuren en la solicitud … no se ajusten a las circunstancias reales del alumno o alumna, este perderá todos los derechos de prioridad que pudieran corresponderle”). Es decir, si a resultas de las comprobaciones que propongo (u otras que se lleven a cabo) se detectan datos inexactos, procede no meramente privar al alumno/a de puntos por el concepto incorrecto (domicilio, hermanos, miembros unidad familiar, minusvalía, etc…), sino asignar 0 puntos por todos los conceptos.

    c) El art. 12.2 de la Orden de 24 de febrero de 2011) reconoce a los interesados el derecho a examinar “las puntuaciones en cada uno de los apartados del baremo de todos los alumnos o alumnas y la documentación en las que se sustentan”. O sea, de poco sirve conocer las puntuaciones asignadas en cada apartado si no existe en el expediente justificación documental alguna para comprobar la corrección de aquellas (entre otras cosas, porque es fácil que el colegio se equivoque al manejar tantos datos).

    d) Por lo que respecta a los hermanos en el centro (que, al parecer, los tienen ___ de los solicitantes), el art. 18.1 del Decreto 40/2011 dice textualmente que “la existencia de hermanos o hermanas matriculados en el centro docente o en los centros docentes adscritos se acreditará mediante certificación emitida por el sistema de información Séneca” y que “corresponde a la persona que ejerce la dirección del centro docente público … la incorporación de la citada certificación al expediente del procedimiento de admisión”. Quiere esto decir que no cabe otorgar puntación alguna a los hermanos de alumnos/as ya matriculados sin incorporar al expediente esa certificación acreditativa de dicha circunstancia.

    e)

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  8. e) Respecto a la renta, debe tenerse en cuenta que la renta a considerar será la suma de base imponible general y del ahorro correspondiente al ejercicio 2009, que el IPREM a tener en cuenta es vigente ese año, de 7.381,33 €/año (D.A. 28ª de la Ley 2/2008, de 23 de Diciembre), que no forman parte de la unidad familiar los abuelos/as ni ningún otro pariente distinto del padre, la madre o los hermanos menores de edad del alumno/a solicitante (art. 82 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del I.R.P.F.), y que los miembros que integren la unidad familiar deben todos residir en el mismo domicilio declarado como residencia habitual del alumno/a. No constan en el expediente datos de las rentas familiares, siendo por tanto imposible a quien suscribe comprobar la corrección de los puntos asignados a ___ alumnos por este motivo.

    f) En cuanto a las familias numerosas o monoparentales, el art. 16 del Decreto 40/2011 las define claramente. Y “el concepto de familia numerosa que se tendrá en cuenta, a efectos de su valoración, será el establecido en el art. 2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las Familias Numerosas” (que entiende por será familia numerosa “la integrada por uno o dos ascendientes con tres o más hijos, sean o no comunes”, ó 2 ascendientes si uno de ellos está incapacitado, entre otros supuestos), mientras que “se entenderá que el alumno o alumna … pertenece a una familia … monoparental, cuando su patria potestad esté ejercida por una sola persona o, cuando … exista orden de alejamiento de una de ellas con respecto a la otra con la que convive el alumno o alumna”. Es decir, que la monoparentalidad no se da por el solo hecho del divorcio o separación de los padres y la convivencia de los hijos con uno solo de los cónyuges, es preciso que por orden judicial se haya retirado al otro la patria potestad o se haya dictado orden de alejamiento, circunstancia que no he podido comprobar, al faltar en el expediente la documentación que acreditaría tales extremos (por los que han obtenido puntos al menos 8 alumnos), excepto algunos casos que sí aportaban copia del Libro de Familia.

    g) Y, por lo que respecta a la discapacidad, el art. 15 del Decreto 40/2011 considera necesario que la misma supere el 33%, debiendo el centro recabar telemáticamente la información al respecto e incorporarla al expediente, cosa que no se ha hecho, ya que, como se ha dicho, no consta en el mismo ni un solo certificado de minusvalía o trastornos del desarrollo (a pesar de lo cual a 3 alumnos se les otorgan puntos por este motivo, como se ha dicho).


    IV

    Finalmente, en cuanto a la suspensión del acto impugnado que se solicita, viene prevista en el art. 111.2 de la ya citada Ley 30/1992, que dispone que “el órgano a quien competa resolver el recurso, previa ponderación, suficientemente razonada, entre el perjuicio que causaría al interés público o a terceros la suspensión y el perjuicio que se causa al recurrente como consecuencia de la eficacia inmediata del acto recurrido, podrá suspender, de oficio o a solicitud del recurrente, la ejecución del acto impugnado cuando …. la ejecución pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación (…) La ejecución del acto impugnado se entenderá suspendida si transcurridos 30 días desde que la solicitud de suspensión haya tenido entrada en el registro del órgano competente para decidir sobre la misma, éste no ha dictado resolución expresa al respecto (…) La suspensión podrá prolongarse después de agotada la vía administrativa cuando exista medida cautelar y los efectos de ésta se extiendan a la vía contencioso-administrativa. Si el interesado interpusiera recurso contencioso-administrativo, solicitando la suspensión del acto objeto del proceso, se mantendrá la suspensión hasta que se produzca el correspondiente pronunciamiento judicial sobre la solicitud”.

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  9. Parece evidente en este caso que de no suspenderse el acto recurrido (y, en consecuencia, de no escolarizarse mi hija en el Colegio situado en su zona), los perjuicios ocasionados serían de imposible reparación. Dicha suspensión implica, no dejar sin efecto la resolución que admite en el centro a los/as 75 alumnos/as restantes, sino admitir cautelarmente en el “C.E.I.P. ____” a mi hija, permitiéndole matricularse para el curso 2011/12 en 2ª ciclo de Educación Infantil entretanto se resuelve el presente recurso de alzada y el recurso contencioso-administrativo posterior, en su caso.
    Como señala la Sentencia de 21 de febrero de 2000 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, a su vez concordante con otra del mismo órgano de 27 de diciembre de 1999, en un caso similar a este, “es evidente que, de no suspenderse el acto, la situación jurídica derivada de la misma en orden a la exclusión de la hija de los recurrentes del listado de admitidos en el Colegio, sería irreversible, de tal modo que la sentencia que se dicte, si fuera favorable, sería ineficaz al resultar materialmente imposible su escolarización en el Colegio elegido para el presente año … entiende la Sala que no se causaría una perturbación grave de los intereses generales por el hecho de que la clase se encuentre con un alumno más de los reglamentariamente establecidos”.

    En la misma línea, la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sede de Granada) de 29 de julio de 2002 (recurso 559/01, ftos. jcos. 3º y 4º) nos recuerda que “la motivación de adopción de las medidas cautelares desde la entrada en vigor de la Ley 29/98 ha sufrido una evolución considerable puesto que ya no se limitan las medidas cautelares a la simple suspensión de los actos, sino que, por un lado, se admite cuantas medidas aseguren la efectividad de la sentencia, y por otro lado no se pone el acento a efectos de la suspensión en la colisión de intereses,en la que había de ser protegido el interés prevalente, sino que se motiva la adopción de la medida cautelar,en la alteración o no de la finalidad legítima del recurso, como bien expone el auto recurrido, y en su consecuencia, tales medidas cautelares pueden ser adoptadas, tanto con respecto a los actos positivos,como a los negativos que dicte la Administración si, la ejecutividad de aquellos fuese a difuminar la finalidad legítima del recurso, es decir que si con la ejecución del acto se alterasen de tal forma las circunstancias que el recurso perdería su finalidad y en consecuencia el interés de la parte para su sostenimiento. Desde este punto de vista, es evidente que la medida cautelar adoptada por el auto recurrido, pretendía al fin y al cabo, evitar el perjuicio que sin duda sufriría el menor, si en el transcurso del curso escolar tuviera que volver al centro escogido por los padres, sufriendo varios traslados en un mismo año, el impuesto por la Administración, y al que tendría derecho al dictarse en su caso, sentencia favorable a su pretensión, con graves daños y consecuencias académicas y psicológicas para el menor; de no adoptarse la medida cautelar, el recurso no sólo perdería su finalidad, sino que carecería de sentido, toda vez que los recurrentes pretende evitar un desarraigo del menor al tener que dejar el colegio en el que ha cursado la educación infantil, y con ello a sus compañeros y amigos que le venían procurando una estabilidad emocional. Esta medida cautelar de suspensión del acto administrativo tiene sus efectos para el curso académico 01/02, ya que a este periodo se refería el acto impugnado; sin perjuicio, evidentemente, de lo que se resuelva en el fondo de la cuestión sometida a debate (en la vía jurisdiccional) y a lo que resulte de posteriores procedimientos de escolarización correspondientes a otros cursos escolares”.

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  10. Continúa la Sentencia diciendo que “el juzgador de instancia, también ha ponderado suficientemente los intereses en juego, puesto que entiende acertadamente que en ningún caso la medida cautelar adoptada, puede causar perturbación grave para los intereses generales, sin que sea de recibo un perjuicio para el interés general el que exista gran número de peticiones en el mismo sentido, cuestión que no es del caso puesto que se trata de una sola petición de cursar estudios. El hecho de que haya comenzado el presente curso escolar, de forma cautelar, en el centro solicitado por los padres, en ningún caso prejuzga la cuestión, puesto que ello no impide que, en caso de que la sentencia le fuera desfavorable, no le quedaría a la Administración otra posibilidad de que el menor volviera al centro que le fue asignado en un principio, y lo único que se pretende al dictar el auto suspensivo es la peregrinación de centros de enseñanza en función de las distintas resoluciones que se dicten”.
    En conclusión, la adopción de la medida cautelar que se solicita implica que se permita a mi hija matricularse en el “C.E.I.P. ____” mientras se resuelve este recurso de alzada (o el contencioso-administrativo posterior, en su caso), lo cual no causa perjuicio alguno a los intereses generales ni contraviene norma alguna, ya que el art. 5 del Decreto 40/2011 permite a la Consejería incrementar hasta en un 10% el número máximo de alumnos por aula (que es de 25 en educación infantil), llegando hasta los 27,5 por aula, con lo que acceder a la suspensión que se pide únicamente implicaría que el centro tendría durante el curso 2011/12 en lugar de 3 aulas con 25 alumnos cada una (cual resulta de la resolución impugnada en esta alzada), 2 aulas con 25 y una tercera con 26 (en la que se integraría mi hija). Por el contrario, de no accederse a la suspensión que se pide, de estimarse luego el recurso, los perjuicios para mí y, lo que es más importante, para mi hija, serían considerables, habida cuenta que una estimación posterior de la impugnación (ya sea en vía administrativa o en sede judicial), conllevaría para la menor un desasosiego importante, ya que en lugar de empezar el curso en septiembre con normalidad, tendría que integrarse en la clase meses después, ya iniciado el curso 2011/12, con el posible riesgo de ser objeto de comentarios por parte de compañeros y padres por el solo motivo de haber ejercitado su derecho a recurrir una resolución que considera contraria a derecho.

    En base a lo expuesto,


    S O L I C I T A :

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  11. S O L I C I T A :


    Se tenga por presentado éste escrito y sus documentos acompañantes y, previos los trámites oportunos, se tenga por interpuesto RECURSO DE ALZADA frente a la resolución del procedimiento de admisión del alumnado para el curso 2011/12 para alumnos/as de tres años (2º ciclo de educación infantil) referida al C.E.I.P. ________ publicada el 11 de mayo de 2011 en el tablón de anuncios de dicho centro, y, dándome previamente vista del expediente, conforme solicité en el escrito de fecha ______, previos los trámites oportunos, sea anulada aquella o declarada nula, dictándose en su lugar otra acorde con los argumentos fácticos y jurídicos contenidos en este escrito (es decir, no otorgando puntos por circunstancias no acreditadas documentalmente, p.e. hermanos en el centro, minusvalías, rentas, etc..., ni por domicilio en los casos dudosos apuntados anteriormente), incluyendo a mi hija en el listado de alumnos admitidos. Subsidiariamente, anúlese o declárese nula la resolución, retrotráiganse las actuaciones al momento inmediatamente anterior a la baremación de las solicitudes de admisión, compruébense los domicilios de los solicitantes (especialmente los de aquellos apuntados más arriba), complétese el expediente con la documentación que falta, dándome vista del mismo para nuevas alegaciones, y, tras las mismas, díctese nueva resolución en la que, teniendo en cuenta éstas nuevas alegaciones y los nuevos documentos aportados, se efectúe una nueva baremación de las solicitudes, incluyendo en la lista de alumnos/as admitidos/as a mi hija.



    OTROSÍ DIGO: Que, como se ha señalado anteriormente, la ejecución de la resolución podría ocasionar perjuicios de difícil o imposible reparación, por lo que procede su suspensión, lo que implica la matriculación inmediata de mi hija en el C.E.I.P. _____ para el próximo curso 2011/12 en 2º ciclo de Educación Infantil, y ello en base a los pronunciamientos jurisprudenciales citados en el cuerpo de este escrito.


    SOLICITO: Se acuerde, conforme al art. 111.2 de la Ley 30/1992, la SUSPENSIÓN de la ejecución de la resolución impugnada, hasta tanto se resuelve el presente recurso de alzada (o el contencioso-administrativo posterior, en su caso), permitiéndosele a mi hija (Dª _____) matricularse en el C.E.I.P. ____ para iniciar el curso 2011/12 con normalidad en dicho centro.


    En ______, a ___ de mayo de 2011.







    Fdo. _____ (en su propio nombre y derecho y también en representación de su hija menor de edad, Dª ______)

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  12. MODELO RECURSO ALZADA SI FINALMENTE OS DEJAN VER EL EXPEDIENTE:

    IGUAL QUE EL ANTERIOR, PERO AÑADIENDO EN LOS "HECHOS" ALGO ASÍ:


    TERCERO.- Que, mediante escrito presentado el ___ de mayo de 2011 solicité la vista del expediente de cara a preparar el presente recurso de alzada, examinando finalmente el mismo en las dependencias de esa Delegación de Educación el pasado ___ de mayo de 2011.

    CUARTO.- Que, para mi sorpresa, veo que el expediente se encuentra incompleto, por cuanto que no consta justificación documental acerca de los puntos obtenidos por hermanos en el centro (que debería incorporarse a aquel conforme al art. 18.1 del Decreto 40/2011, máxime cuando son 34 los solicitantes que lo alegan), renta de la unidad familiar, circunstancias familiares o minusvalías, conceptos éstos que han servido para “desempatar” a numerosos solicitantes que de otro modo tendrían únicamente 14 puntos (es decir, los mismos que nos corresponden a mi y a otros 40 solicitantes que como “único” merito tenemos el de vivir cerca del colegio). Si el expediente no se completa acreditando tales circunstancias (y dando vista nuevamente del mismo a los interesados para su comprobación), no cabe asignar puntación alguna en base a las mismas.

    QUINTO.- Que, además, se constatan errores en la puntuación asignada a varios alumnos, entre otros, D. ___________ (que obtiene puntos por la renta familiar a pesar de no constar el nombre del padre y por tanto ser imposible comprobar aquella) y Dª. _________.

    SEXTO.- Que, por otro lado, existen varios alumnos/as cuyos domicilios declarados podrían no corresponder con los reales, y, por tanto, deberían comprobarse (p.e. recabando información del domicilio fiscal a Agencia Tributaria, solicitando la colaboración de la Policía Local, etc…) y proceder, en su caso, conforme dispone el art. 50.4 del Decreto 40/2011, concretamente D. _______ (de quien no constan los datos del padre mientras que la vivienda que declara su madre no aparece registrada a su nombre ni constan sus datos en el buzón), Dª. ________ (en la pág. 2 del B.O.P.A. de ____ aparece una notificación a su madre en la que el domicilio es distinto al declarado), Dª. _______ (en pág. 12 del sup. al B.O.P.A. de ____ aparece otro domicilio de su padre diferente) , D. ______ (quien tampoco aporta datos del padre y aparece empadronado sólo desde el 11-2-2011), D. _____ (empadronado en la zona el 28-3-2011, o sea, después de iniciado el periodo de admisión) y D. _____ (empadronado el 9-3-2011), así como Dª. ____, D. ____, y Dª _____ (estos últimos en unos casos porque no coincide el domicilio declarado con el que consta en paginasblancas.es, porque no aparece vivienda alguna a nombre de los padres en el Registro de la Propiedad, y/o porque dan números de calle que corresponden a edificios sin especificar portal, planta y puerta).

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  13. LUEGO EN EL "SOLICITA", PONER ALGO ASÍ:


    S O L I C I T A :

    Se tenga por presentado éste escrito y sus documentos acompañantes y, previos los trámites oportunos, se tenga por interpuesto RECURSO DE ALZADA frente a la resolución del procedimiento de admisión del alumnado para el curso 2011/12 para alumnos/as de tres años (2º ciclo de educación infantil) referida al C.E.I.P. ________ publicada el 11 de mayo de 2011 en el tablón de anuncios de dicho centro, y, previos los trámites oportunos, sea anulada aquella o declarada nula, dictándose en su lugar otra acorde con los argumentos fácticos y jurídicos contenidos en este escrito (es decir, no otorgando puntos por circunstancias no acreditadas documentalmente, p.e. hermanos en el centro, minusvalías, rentas, etc..., ni por domicilio en los casos dudosos apuntados anteriormente), incluyendo a mi hija en el listado de alumnos admitidos. Subsidiariamente, anúlese o declárese nula la resolución, retrotráiganse las actuaciones al momento inmediatamente anterior a la baremación de las solicitudes de admisión, compruébense los domicilios de los solicitantes (especialmente los de aquellos apuntados más arriba), complétese el expediente con la documentación que falta, dándome vista del mismo para nuevas alegaciones, y, tras las mismas, díctese nueva resolución en la que, teniendo en cuenta éstas nuevas alegaciones y los nuevos documentos aportados, se efectúe una nueva baremación de las solicitudes, incluyendo en la lista de alumnos/as admitidos/as a mi hija.


    (LOGICAMENTE HABRA QUE ADAPTARLO A VUESTRO CASO CONCRETO EN FUNCION DE LO QUE ENCONTRÉIS EN EL EXPEDIENTE)

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  14. No sabes cuánto te agradezco esta información. Esperaré entonces al día 17 para presentar el escrito para revisar los expedientes; según me comentaron en el Centro, el escrito debe ser en la Delegación de Educación.
    ¿Conoces el plazo que tienen para contestar a esta solicitud?¿Y hasta cuándo tenemos para los recursos de alzada?

    Un saludo y de nuevo, un millón de gracias.
    Natalia

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  15. El recurso de alzada viene regulado en los arts. 107 y siguientes de la Ley 30/1992, el plazo para interponerlo es de un mes y para resolver es de 3 meses, si pasan 3 meses y no responden (que es lo que suele ocurrir) el recurso se entiende desestimado por silencio, es decir, a los 3 meses de presentado hay que ir al Juzgado ya con abogado para seguir con el recurso en via judicial. Conviene presentar el recurso de alzada ya y no esperar el mes, y tenerlo hablado con un abogado para que el mismo día que se cumplan los 3 meses metais el recurso en el juzgado y no perdais ni un solo dia del plazo.

    Al mismo tiempo en el recurso de alzada conviene pedir la suspensión del acto recurrido (es decir, que provisionalmente se deje sin efecto el listado de admitidos y no admitidos entretanto se resuelve el recurso) que en 30 días debe resolverse y aqui el silencio es positivo (es decir, si en 30 días no responden el niño esta admitido provisionalmente, en teoría, en la práctica no os van a hacer ni caso).

    Suele ocurrir otros años que declaran de urgencia el procedimiento y estos plazos bajan a la mitad.

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  16. Muchas gracias, has sido de gran ayuda. Si alguién está en la misma situación que yo, en el colegio Maristas de Huelva que se ponga en contacto conmigo para hacer más fuerza en educación.
    mi correo es yolanda.arcos@juntadeandalucia.es.
    Gracias.

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  17. En Morón de la Frontera, una ciudad con casi treinta mil habitantes, diez colegios y solo dos zonas de influencia aunque parezca increíble, a los barrios en expansión y crecimiento se les agotan las plazas. En los barrios estancados de población les sobran, o más bien, sus niños obtienen matrículas en barrios más desarrollados por criterios que no tienen que ver con el domicilio. El resultado son colegios fantasmas en unas zonas y falta de plaza en otras. Mi hijo, desafortunado en un sorteo, tendrá que ir al colegio al barrio del que con esfuerzo y mucha suerte yo logre salir hace pocos años, porque el colegio que queda frente a mi casa está muy solicitado, y al siguiente, le han suprimido veinticinco. Que alguien me diga si esto tiene algún sentido.

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  18. Efectivamente, no tiene ningun sentido. Ese es un problema no jurídico, sino político, que por tanto no se arregla en los tribunales sino en las urnas, o si no queremos esperar otros 4 años, en la prensa, contando esas situaciones absurdas e injustas para que todos las sepan a ver si los que nos gobiernan ponen remedio.

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  19. yo no pude ver los expedientes, puedo pedirlos ahora? en el colegio o en la delegacion? con que modelo de recurso? Sé que hay alumnos con puntuacion por domicilio que han mentido en el empadronamiento y el tiempo se me echa encima y no se como actuar....esto es desesparante..Mucha gracias

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    1. Mi nombre es alicia..es que no se ese numero de ahi de donde sale....perdon..jeje

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  20. más arriba en este mismo blog ha colgado un modelo de escrito para pedir ver el expediente ahora
    Mira mi entrada de 4 de mayo de 2012 14:24

    como he comentado, en mi opinion hay derecho a ver el expediente incluso en fase de recurso de alzada

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  21. Buenas tardes, podrían colgar un modelo de escrito para matricular y diciendo que si queda una plaza en el colegio prioritario se quiere?.... Otra cosa, éste escrito donde habría que presentarlo, en el cole o en la delegación?. Gracias. Saludos.

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  22. Buenas noches, en el cole en el que solicitamos plaza para 3º de infantil (5 años) como prioritario, mi hijo no salió admitido porque dicho cole no ofertaba plazas para ese nivel. Hoy han salido las listas de reubicación y han admitido a tres niños, dos de ellos con menos puntos que mi hijo. Además se da la circunstancia de que mi otro hijo sí está en el cole. ¿Cómo se asignan las plazas en reubicación? Si el cole finalmente ha decidido sacar plazas ¿no debería hacerlo por orden de puntuación?

    Gracias

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  23. Respondo a Maria Luisa:
    El escrito si quieres presentarlo seria aparte de la matricula, lo correcto es dirigirlo a la delegacion de educacion, pero para mayor seguridad presentarlo tambien en el colegio
    Basta una instancia, con tus datos, expone y solicita, explicas que pediste X en primera opcion, pero no te lo han dado, que has matriculado a tu hijo en X, pero que si a lo largo del curso surgen vacantes, te las ofrezcan

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  24. MARIA LUISA, te he preparado un modelo:


    SR. DIRECTOR DEL CENTRO DOCENTE C.E.I.P. “XXXXX” (CALLE XXX DE XXXX) – CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

    D. XXXXX, con D.N.I. XXXX, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de XXXX (provincia de XXX), Avda. XXXX, código postal XXXX, teléfonos XXXX, correo electrónico XXXX, actuando en su propio nombre y derecho y también en representación de su hija menor de edad Dª XXXX, con D.N.I. XXX e idéntico domicilio, comparece y, como mejor proceda, E X P O N E :

    Que, habiendo solicitado plaza, como centro prioritario, para mi hija de 3 años en el “Colegio de Educación Infantil y Primaria XXX”, con código XXXX (en adelante, el “C.E.I.P. XXXX”) para 2º ciclo de Educación Infantil (curso 2012/2013), tras examinar la relación baremada de alumnos solicitantes, ver el expediente, y formular alegaciones, el XXX de XXX de 2012 se publicó en el tablón de anuncios del centro la resolución del procedimiento, a resultas de la cual quedan admitidos XXX alumnos/as y no se admiten los XXX restantes (entre ellos mi hija, Dª XXXX) que también solicitaron el colegio como prioritario (XXX solicitantes en total).

    Que, aunque voy a matricular a mi hija en el “C.E.I.P. XXX” asignado de oficio por la Delegación de Educación, sigo interesado en la plaza solicitada como primera opción en el “C.E.I.P. XXXX”.

    Que, por ello, para el caso de que cualquiera de los XXXX niños/as admitidos finalmente no haya formalizado la matrícula en el plazo reglamentariamente previsto, ruego se me informe de dicha circunstancia (preferiblemente por teléfono, para mayor rapidez) al objeto de formalizar de modo inmediato la matrícula de mi hija en el citado “C.E.I.P. XXX” (suponiendo que renuncien a hacerlo los otros alumnos/as no admitidos con prioridad respecto a mi hija en la admisión según el listado), conforme dispone el art. 54 del Decreto 40/2011.

    Que, caso de haberse formalizado en tiempo y forma la totalidad de las XXXX matriculaciones previstas, solicito se me comunique a la mayor brevedad cualquier baja que se produzca a lo largo del curso 2012-2013, al objeto de matricular a mi hija en dicho Colegio solicitado de forma prioritaria a través del procedimiento extraordinario previsto en el art. 55 del Decreto 40/2011.

    Que, igualmente, en el supuesto de que la Consejería autorizase en cualquier momento, conforme al art. 5.2 del tantas veces citado Decreto 40/2011, un incremento del número máximo de alumnos por unidad escolar, ruego se me comunique, también para poder así matricular a mi hija.

    Por todo ello, con el debido respeto

    S O L I C I T A :

    Sea admitido el presente escrito y su copia y, tras los trámites preceptivos, conforme a lo solicitado, se me comunique de inmediato cualquier vacante que se produzca (tanto ahora como a lo largo del curso 2012/2013, ya sea por admitidos no matriculados, por bajas durante el curso, o por aumento del ratio) en el “C.E.I.P. XXXX”, al objeto de matricular en el mismo a mi hija, actualmente escolarizada en el “C.E.I.P. XXXX” asignado de oficio por la Consejería de Educación.

    XXX, XXX de XXX de 2012.

    (de todos modos no creo que sirva para mucho, pero por presentarlo no pierdes nada)

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  25. Respondo a MAG
    ¿por reubicacion te refieres a las plazas asignadas de oficio por la Junta?
    si te refieres a eso, el decreto y la orden no lo dicen, pero el sentido comun dice que deben asignarse tambien por puntos
    lo que no entiendo es como pediste plaza para ese centro si no las ofertaba

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    1. Gracias por la respuesta. La pedí porque ya se hablaba de un posible aumento de la ratio y su hermano ya está en el colegio.

      No sé si son plazas asignadas de oficio por la junta ¿cómo se puede saber si son así?
      Si es así, y la orden no dice que se asignen por puntos, ¿cómo puedo reclamar?

      Saludos.

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    2. las plazas de oficio son las que asignan a aquellos que no encuentran plaza en ninguno de los colegios de 1ª, 2ª, o 3ª opcion

      todo lo que sean plazas "extraordinarias" escapa al control en gran parte

      pregunta en el colegio, que como han sacado esas plazas, y que como los niños a los que se las han adjudicado se han enterado, que si les han llamado a ellos, y porque a ti no te han avisado

      probablemente las habran anunciado en el tablon de anuncios

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    3. Gracias de nuevo. Iré al cole a ver qué me cuentan.

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    4. Hola, en el colegio me dicen que no se lo explican y que reclame en Delegación. En Delegación me dicen que la reubicación la hace la Comisión de Escolarización.
      Voy a presentar reclamación en Delegación de todos modos para que tengan en cuenta la baremación a la hora de realizar la reubicación y pedir además la reubicación familiar.

      Si me pudeiera facilitar un modelo para presentar en Delegación se lo agradecería muchísimo. Si no haré un "fundido" de varios modelos.

      Gracias.

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    5. Quise decir el reagrupamiento familiar.

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  26. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  27. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  28. Pepe, gracias por contestar. ¿Y no puedo solicitar el reagrupamiento familiar en el colegio prioritario? Es que mi otro hijo sí está ya en ese colegio.

    Un saludo.

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    1. El caso es que lo que yo intentaba era hacerle una pregunta al abogado, es decir mi texto anterior es una pregunta para el abogado no una contestación.

      Espero no confundirte MAG

      Saludos

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  29. Gracias. Lo entendí como un consejo.

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  30. Mi pregunta para el abogado es: ¿Se puede argumentar en el recurso de alzada con dos posibles soluciones a la escolarización?

    Tenemos dos hijos que no han conseguido entrar en el colegio de 1ª opción (prioritario) aunque existen indicios de fraude en los dos cursos (3 años y 1º primaria). En 1º de primaria pueden existir al menos diez casos de fraude en el domicilio familiar. Este sería una de los argumentos del recurso de alzada.

    En la asignación de colegio no prioritario han asignado colegios distintos a cada uno de ellos y podríamos intentar reagruparlos en el más cercano a mi lugar de trabajo. Esta sería la otra argumentación del recurso.


    Gracias

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  31. Cada acto administrativo lo logico es recurrirlo por separado:

    a) Resolución que aprueba la lista de admitidos y no admitidos en la que vuestro/a hijo/a queda fuera: hacer recurso de alzada pidiendo revisen los puntos de todos y la aplicacion del sorteo y que dicten nueva resolucion por la que entre vuestro/a hijo/a. Un recurso de alzada para la lista de admitidos en 3 años y otro para la lista de admitidos en 1º primaria creo que es más logico, en el recurso pedir que investiguen y manden la policia local a los domicilios sospechosos.

    b) Resolución que asigna colegio de oficio a cada niño, supongo que habrá dos resoluciones, aqui yo haría un unico recurso frente a las dos, pidiendo se revoquen y se dicte otra por la que a los dos niños se les mande al colegio XXX (preguntar en delegacion donde hay 2 vacantes), el tipo de recurso aqui no esta claro si es de alzada o de que tipo, depende quien dicte la resolucion, ante la duda, darle formato de instancia (expone solicita)

    lo que en mi opinion no tiene sentido mezclar es el recurso contra la lista de admitidos con el recurso frente al acto que asigna colegio de oficio, lo primero es un acto reglado, lo segundo, visto lo poco que concreta el decreto y la orden, es casi discrecional

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    1. Muchas gracias por la respuesta efectivamente la asignación del colegio a los alumnos no admitidos en el centro elegido como prioritario establece:

      De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Orden de 24 de febrero de 2011, por la que se regula .........................., la Comisión Territorial de Garantías de Admisión Cádiz IPSB PCPI EBE 2, ha adjudicado plaza escolar a los alumnos que a continuación se detallan: Listado...


      El documento no tiene pie de recurso, ni plazo para alegar por lo que parece (o al menos me lo parece a mi) que no cumple la ley de procedimiento administrativo.

      ¿Tendría algún modelo de este tipo de instancia para solicitar reagrupación?

      De nuevo muchas gracias me ha sido de gran ayuda su aclaración

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    2. Parece que en el artículo 52 del Decreto 40/2011 se establece como vía de reclamación el recurso de alzada.

      Artículo 52. Recursos y reclamaciones.
      1. Los acuerdos que adopten los Consejos Escolares de
      los centros docentes públicos sobre la admisión del alumnado,
      así como los de las comisiones de garantías de admisión, podrán
      ser objeto de recurso de alzada ante la persona titular
      de la Consejería competente en materia de educación, cuya
      resolución pondrá fin a la vía administrativa.

      Pregunta para el abogado: ¿Es más correcto presentar la reclamación como recurso de alzada?

      Por otra parte con respecto a esta decisión de la comisión territorial de garantías no le parece que debería existir un periodo previo de alegaciones (trámite de audiencia) antes de la "resolución" o decisión de esa comisión. ¿Podríamos personarnos para ver la forma en que se adoptaron los acuerdos de asignación de centros?

      Gracias

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  32. efectivamente, el art. 52 preve el recurso de alzada frente a esta resolucion, aunque no venga pie de recurso cabe interponerlo

    presentalo en formato recurso de alzada (hechos, fundamentos de derecho y solicita)

    en cualquier caso, le des el nombre que le des al escrito, ellos deben tramitarlo como recurso de alzada si procede, como parece ser el caso, la ley 30/1992 dice que el recurso de alzada procede siempre que el organo que dicta el acto tenga un superior jerarquico

    las alegaciones no vienen previstas para este caso, si las hubiera el procedimiento se eternizaria, lo que si haría yo es hablar con ellos que expliquen de que forma han asignado esas plazas

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    1. Gracias de nuevo presentaré la instancia como recurso de alzada e intentaré informarme de la forma de adjudicación de las plazas.

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  33. Buenas noches mi hijo se a quedado el segundo de no admitidos del unico colegio concertado q hay en san jose de la rinconada,es decir el 27 y solo se ofertaban 25.para mi sorpresa en la clase de infanil de este año hay 27 niños y el año anterior 26.Fuimos hablar con la directora y nos dijo q no se podia hacer nada.Para mi mosqueo en mayusculas me entero q una de las niñas admitidas entrego la solicitud fuera de plazo.Esto es legal y q podria hacer? Pedir um aumento de ratio poner un recurso de alzada...mi hijo obtuvo14 puntos ya q aqui no cuenta el domicilio familiar y mi renta es segun ellos alta vamos!!!q en mi casa declaramos.todo loq dudo q muchas solicitudes hagan lo mismo!!!estoy indignada por favor ruego q me.ayude

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  34. son dos cosas distintas:
    a) para que tu hijo entre, presenta recurso de alzada pidiendo que investiguen domicilios falsos o sospechosos, renta, minusvalías, hijos de profesores en colegio, hermanos, etc... aportando notas simples del registro o lo que puedas, luego vas al juzgado en septiembre y pides medida cautelar
    b) para aclarar porque hay 26 ó 27 niños en vez de 25, puede ser que haya habido un aumento de ratio, una medida cautelar, etc, el colegio y delegación te lo deben de aclarar, y si no lo hacen pregúntalo por escrito, si no hacen caso, denuncia via de hecho antijurídica conforme a la L.J.C.A. (esto ya tendría que verlo un abogado, es algo más complicado, puedes pedir de oficio, a lo mejor tienes derecho)

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  35. Muchas gracias,lo pregunte y me dijeron que era por que despues de las listas definitivas se dieron cuenta que dos madres tenian discapacidad(q casualidad!!!)a mi me sono a trola!!!.tengi q decir q mis 5 sobrinos estudian ally,q mi marido es antiguo alumno para nada nos a.servido.Es legal q el domicilio no cuente? Segun ellos por q es un unico nucleo.ruego por favor me diga por donde empiezo y q presento primero,ya q estoy trabajando y mi madre es la unica q puede recoger a mis sobrinos y si mi hijo no entra no se como lo vamos hacer.gracias

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    1. lo de la discapacidad, aunque sea verdad, no me vale, si hay discapacidad deberían haberlo alegado y recogerse en las listas definitivas, lo que veo es un enchufe como una casa

      la solución es recurrir, recurso de alzada y luego al juzgado, o a la prensa, no hay más solución, o eso o buscar un buen enchufe en la delegación igual que el que tienen esos presuntos discapacitados que han metido con calzador

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  36. Perdone otra duda que tengo si pido un aumento de ratio q entrarian los 5 que se se han quedado fuera ? O puedo pedir q entre hasta 27 es q no se como se debe hacer? Segun los comentarios es el director de otro colegio el q decide donde van los niños q se a quedado fuera y el puedo decidir si aumenta o no la ratio del colegio q hemos elegido para mi hijo ya q hace dos años una madre q su hijo no entro fur hablar con el y en septiembre entro esto es legal?

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    1. el aumento de ratio es discrecional, lo decide la delegación de educación y el director del colegio solo opina, en teoría si aumenta el ratio deberían entrar los primeros en lista de espera, en la práctica están metiendo a quien ellos quieren
      no, no es legal, por eso los juzgados y tribunales están colapsados con estos casos

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  37. Hola despues de haber estado toda la mañana en delegacion lo unico que he podido sacar en claro es que al parecer se le han dado a dos niños al menos14 puntos cuando le correspondian 0 segun la delegacion.Para q me comprenda esto es san joe de la rinconada es un barrio del pueblo el pueblo es. La rinconada, segun el colegio se le dan los mismos puntos a los q vivimos en san jose q a los q viven en rinconada y segun la delegacion eso es imposible,me voy al colegio y ya informada se lo comunico.y me dicen q eso no se ha hecho ningun año.presento recurso de alzada verdad? Me podria por favor un modelo con esos motivos.para terminar ya de mosquearme del todo han salido las listas y nos a tocado el elegido como ultima opcion.gracias

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  38. el modelo de recurso de alzada lo tienes mas arriba en este mismo post, presentalo

    en la pagina web de la consejería vienen las zonas y calles asignadas al colegio, las zonas donde corresponden 14 puntos por domicilio, míralo ahí

    también tienes el recurso a publicar el caso en prensa

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  39. Muchas gracias!!pero no encuentro la pagina q me dice

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    1. http://www.juntadeandalucia.es/educacion/webportal/web/portal-escolarizacion

      pincha "consulta de centros y áreas de influencia"

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  40. Hola! Me gustaria hacerle una pregunta ante el dilema que tengo, resulta que tengo dos niños uno de 4 años (que está en infantil) y otro de 6 años ( que esta en primaria), pero en colegios diferentes, porque en el municipio donde vivo hay un gran problema con la escolarización en los años de mis hijos debido a la alta natalidad y a las pocas plazas de los colegios, asi que quiero que mi niño de 4 años entre en el colegio de mi niño de 6 años ya que este centro está al lado de mi casa y el otro está a 14 minutos en coche de mi domicilio, y no ha sido admitido mi niño de 4 años en el cole del de 6 años, mi pregunta es no habia una lei que decia que los hermanos no podian estar separados?, es que no sé que hacer porque llamo a educación y me dicen que al ser ciclos diferente no puede arrastrar el hermano de 6 al de 4. Y la verdad que estoy deseperada y no sé que hacer, deberia hacer recurso de alzada?. Gracias,

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  41. la ley no obliga a que los hermanos estén juntos, lo favorece
    al pedir plaza para el otro hermano, se adjudican 16 puntos, aparte de los que correspondan por domicilio, renta, etc
    lo que ocurre es que si hay 0 plazas nada se puede hacer, hay que esperar a que algún curso surjan vacantes
    lo que si tienes que hacer es estar pendiente de si hay vacantes y pedir plaza todos los años y si no te la dan y se la dan a otro con menos derecho recurrir en recurso de alzada

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  42. Hola buenos dias. Tengo un niño de tres años que se ha quedado fuera de la lista de admitidos del colegio que solicitamos. la 2 y 3 opcion tampoco nos lo han concedido y me han mandado el niños a un colegio publico a dos kilometros de mi casa de los que se consideran conflictivos.
    ¿que documento tendria que presentar para revocar la asignacion de ese centro y que me lo manden por ejemplo al pueblo de al lado (que me coje mas cerca) donde existen vacantes?
    Muchas gracias

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    1. eso es mejor que lo hables en persona en la delegación de educación para que te confirmen que hay vacantes donde quieres, y entonces si te dicen que si, pídelo por escrito

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  43. otra duda que tengo ¿es cierto que si se comete fraude de uno de los niños de la lista de espera se puede solicitar un nuevo sorteo?
    Muchas gracias

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    1. Efectivamente es así. El orden de entrada tras el sorteo depende de una formula matemática que multiplica el número de niños empatados por el número que salió en el sorteo. Si se demuestra que uno de los niños empatados cometió fraude, la lista de empatados varía y el resultado de la fórmula también (por ejemplo, si son 20 empatados a 14 puntos y aplicando la fórmula resulta que entran a partir del puesto 5º de la lista hasta llegar al puesto 10º, por poner un ejemplo, y si tu, por ejemplo, te has quedado en el puesto 4º, fuera, en "lista de espera", si aparece 1 fraude, ya no son 20 los empatados, sino 19, y a lo mejor al aplicar la fórmula sobre 19 en vez de sobre 20, entran los niños a partir del 4º, en vez de a partir del 5º, entonces tu entras. Por eso en los recursos que yo hago no solo denuncio a los posibles fraudes que haya entre los niños que han obtenido plaza, sino incluso a los que se han quedado fuera, para que se recalcule el sorteo.

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  44. Hola bueos dias podria presentar recurso de alzada si a mi niña la ha dejado sin plaza po presentar la solicitud fuera de plazo, soy de Nicaragua y no conocia el sistema educativo aca en España y cuando fui al colegio con la solicitud me dijeron que estaba fera de plazo, veo imposible mi niña valla a el colegio donde le dieron plaza, esta a treinta minutos andando de nuesto domicilio y aparte tengo un bebe de 19 meses estoy al cuidado de ellos sola mi ex pareja tiene orden de comunicacion por maltrato en ambito familiar y me preocupa que mi niña no valla al colegio aparte que me comentan que este colegio es conflictivo, el empadronamiento que tenemos es reciente y el padre de los niños aparece empadronado por es quien paga el alquiler, si se puede presentar el recurso de alzada puedo llevar los recibos de luz y el contrato de alquiler del piso o algo donde demuestre que llevo casi un año viviendo en mi domicilio acyual, muy agradecida de su respuesta.

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    1. poder presentar recurso de alzada puedes, no cuesta dinero ni necesitas abogado, pero lógicamente lo van a desestimar, o sea, que mi consejo es que no lo presentes porque no vas a conseguir nada.
      en tu caso lo mejor es hablarlo en delegación de educación, cuentales tu caso y que te busquen otro colegio donde queden plazas vacantes
      excepcionalmente, aumentan el ratio (es decir, meten más niños por aula) una vez terminado el plazo, pero para casos muy puntuales y concretos

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  45. Hola le comente mi caso, hemos averiguado q se le han dado a niños 14 puntos en lugar de 8 q le correspondia por la zona de influencia segun el funcionario de consejeria son 8 segun el mapa ,8,pero segun wl colegio son 14 por ser el unico concertado q hay ,eso es legal q ellos decidan?

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    1. no, rotundamente no, no es legal
      solo pueden darle 14 puntos a los niños que vivan en el área de influencia del colegio
      lo que tienes que hacer es presentar recurso de alzada diciendo que dejen a esos niños con 8 puntos, supongo que si consejería te ha dicho que tienes razón, el recurso de alzada lo estimarán antes de septiembre y echaran a esos niños antes de empezar el curso sin necesidad de ir a discutirlo al juzgado

      no obstante, tanto en tu caso, como en todos los demás que me plantean los padres a través de este blog, hay que ver las circunstancias de cada caso concreto, porque a lo mejor hay otra explicación para eso (me parece muy fuerte que por la cara el colegio de esos 14 puntos con ese argumento que claramente va contra la ley)

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  46. Hola, mi caso es el siguiente: Me mudo a una zona en la que tengo un colegio a 50 mts de casa y no hay plaza para 5 años, quedamos en la lista los segundos, y en el cole me dicen que tienen el ratio aumentado y que tendrían que irse 3 niños para que mi hija entre. Ha entrado en un colegio que está a 6´7 km de casa. Ya he mandado un escrito a la consejera explicando mi caso. ¿El siguiente paso cual es? ¿Pedir aumento de ratio en delegacion? Un saludo y gracias de antemano

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    1. yo haria 2 cosas:
      a) recurso de alzada al colegio pidiendo revisen las puntuaciones y denunciando fraudes con nombre y apellidos para que los investiguen y manden la policia a las casas y comprueben (la mayoria de los fraudes son en domicilio, pero tambien en otras cosas, minusvalia, renta, padres que supuestamente trabajan en el colegio y lo que tienen es un contrato temporal de 3 meses 10 horas semanales firmado unos dias antes de solicitar plaza...) Si no hacen caso, luego puedes recurrir al juzgado pero ya con abogado y procurador y pagando tasa judicial (a menos que tengas derecho a abogado de oficio)
      b) escrito solicitando aumento de ratio, es discrecional, si quieren lo dan y si no no lo dan, si no te lo dan no puedes recurrir, lo que si puedes recurrir es si aumentan el ratio y meten a otros niños que estan detras tuya en lista de espera

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  47. Evidentemente tengo que matricularla en el otro cole mientras se resuelve no?

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    1. buena pregunta
      al ser un ciclo no obligatorio, puedes hacerlo o no hacerlo, jugartela y decir que como el colegio que te ofrecen no te interesa para eso prefieres dejar el niño en casa, es una medida de presión
      a ellos (a la delegacion de educacion) les gustan mucho las estadisticas, y luego decir que el 90% de los niños han obtenido plaza en el colegio deseado, el problema es que ese 10% restante sufre un auténtico calvario que solo los que hemos pasado por ello sabemos lo que es
      en resumen, yo haría la matricula en el otro colegio por si acaso

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  48. Hola, me podría faclitar un modelo para solicitar ampliación de ratio o reunificación familiar de hermanos? Mi problema es que he solicitado plaza para 3 y 6 años. Para el peque me la han concedido pero para la hermana no, puesto que no hay vacantes. Me han dicho que haciendo un escrito a la delegación igual se puede conseguir que entre, pero no sé como hay que hacerlo. Gracias

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  49. es simplemente una instancia dirigida a la consejeria de educacion, expone y solicita (en este blog he colgado algunos modelos), pidiendo que aumenten el ratio y que pongan juntos a los hermanos
    no obstante, soy pesimista
    en los colegios y en delegacion suelen decir a los padres que pidan por escrito las cosas para "quitárselos de enmedio" (la típica frase del funcionario de turno cuando no se atreve a decirle que no al ciudadano muchas veces es decir "bueno, pidalo por escrito y ya lo estudiaremos"), esos escritos muchas veces no sirven para nada
    insisto, recurso de alzada, es lo único que sirve, denunciad los fraudes para que salgan otros niños y entren los vuestros

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  50. No encuentro los modelos. Me los podría facilitar de nuevo?? Muchísimas gracias. Un saludo

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    1. se supone que si hay alguna vacante, el hermano mayor debe estar el primero en lista de espera con 16 puntos por hermano más los que le correspondan por domicilio y otros conceptos (a menos que haya otros en la misma situación)

      el modelo de recurso de alzada lo tienes más arriba en esta misma página, es una entrada que hice el 4 de mayo de 2012 14:33

      el modelo de aumento de ratio, aquí tienes uno (lógicamente adapta los detalles a tu caso concreto):


      AL ILTMO SR. DELEGADO PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
      DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN ALMERÍA

      XXxx con D.N.I. xxxX, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Almería, Calle xxxx código postal 04005, teléfono xxx y correo electrónico xxxx, actuando en su propio nombre y derecho y también en representación de su hijo menor de edad xxx con idéntico domicilio, ante ese organismo comparece y, como mejor proceda,

      E X P O N E :

      I.- Que en su momento solicité plaza para mi hijo de XXX años en el Colegio xxxxxx para 2º ciclo de Educación Infantil (curso 2012/2013). Sin embargo, mi hijo (xxx) no ha sido admitido en dicho centro, siendo que las plazas ofertadas eran inferiores a las solicitadas.

      II.- Que el Real Decreto-Ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, en su art. 2 dice que “cuando, por razones de limitación del gasto público, la Ley de Presupuestos Generales del Estado no autorice la incorporación de personal de nuevo ingreso mediante Oferta de Empleo Público o establezca, con carácter básico, una tasa de reposición de efectivos inferior al 50 por 100, las Administraciones educativas podrán ampliar hasta un 20 por 100 el número máximo de alumnos establecido en el artículo 157.1.a) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para la educación primaria y secundaria obligatoria. Este porcentaje de ampliación resultará asimismo aplicable a los límites máximos de número de alumnos fijados mediante norma reglamentaria para las restantes enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Lo dispuesto en este artículo resulta de aplicación tanto a los centros docentes públicos como a los privados sostenidos con fondos públicos”.

      III.- Que, al objeto de evitar los perjuicios que se me ocasionan al tener a los dos hermanos separados, parece que la ampliación del ratio (de 25 a 30 alumnos por clase, o al menos a 26 alumnos) conforme permite la citada norma puede ser la solución idónea para este problema.

      En base a lo expuesto,

      S O L I C I T A :

      Se tenga por presentado éste escrito y, conforme a lo solicitado, al amparo de lo previsto en el art. 2 del Real Decreto-Ley 14/2012, de 20 de abril, se acuerde ampliar el ratio en XXX alumnos más para cada una de las clases de 3 años (2º ciclo de Educación Infantil) del “Colegio xxxxx” de Almería (de forma tal que tengan XX en vez de 25 niños cada una), para que así pueda entrar mi hijo en el mismo colegio en el que su hermano ha obtenido plaza.

      En Almería, a 14 de mayo de 2012.



      Fdo. xxx
      (en su propio nombre y derecho y también en representación
      de su hijo menor de edad, xxxx)




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  51. Me queda una duda: al ser el curso de mi hija 5 años se supone que los niños admitidos son los que ya cursaban 4 años éste curso. Si miro los expedientes y detecto fallos saldrían esos niños aunque ya estén matriculados? el expediente se pide ver en el colegio o en delegación? Un saludo

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    1. no, si en su dia cometieron fraude y nadie denuncio ni recurrio, ya paso el plazo, no hay nada que hacer
      (otra cosa es que, por ejemplo, hoy salga una sentencia del TSJA de algún padre que recurrió hace 4 ó 5 años y entonces vayan a la calle niños que llevan esos 4 ó 5 años yendo a clase con normalidad)

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  52. Hola de nuevo, ¿tendriais algun documento para solicitar plaza en un colegio con vacantes que no me han asignado ya que mi hijo no ha entrado en ninguno de los centros que solicite?
    Me ha dicho la delegacion que lo presente alli. Gracias

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    1. eso vale una simple instancia ("expone" y "solicita"), en delegación deben tener un modelo tipo, no obstante, antes de presentarlo conviene que te confirmen que efectivamente hay plazas allí

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  53. Hola, mi situación es la siguiente: El proximo curso haremos traslado de domicilio a otra ciudad, por motivos laborales, por ello se realizó cambio de empadronamiento a la nueva ciudad y se solicitó en plazo, mediante procedimiento ordinario, la escolarización de mi hija en varios de aquellos colegios concertados que estaban en zona y le correspondia 14 puntos, para infantil 4 años. Han salido las listas y no ha sido admitida en ninguno de los solicitados, por carecer de plaza alguna vacante, ha quedado la septima en el centro solicitado como prioritario. De oficio le han reasignado plaza en un colegio público de mala reputación y que aunque esta en zona esta bastante lejos y hay que desplazarse en conche. Ante esta situación no se que puedo hacer, recurrir la asignación de oficio, solicitar ampliación de ratio en el colegio prioritario, o incluso alegar que no voy a matricularla dado que no le han asignado ninguno de los solicitados ni ninguno concertado religioso como era mi preferencia, o inlcuso dejarla en su actual colegio en antigua ciudad donde aún tiene plaza y una vez comenzado el curso solicitar escolarización en periodo extraordinario por desplazamiento con ampliación de ratio si fuera posible, no se con cual de estas opciones tendre mas posibilidades. Gracias

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    1. para entrar por procedimiento extraordinario también hace falta que haya plazas libres
      mi consejo es hacer recurso de alzada y además en escrito aparte pedir aumento de ratio
      no obstante si dices que estas 7ª, si aumentan ratio tienes a 6 por delante
      haz recurso de alzada y pide que revisen las puntuaciones de los que han cometido fraude, que alguno habrá casi seguro

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  54. Muy buenas, voy a exponer mi caso haber si me pueden ayudar, por k la verdad es que estoy ya cansado de tantas injusticias. Resulta que entregue la solicitud para infantil de tres años en un colegio de Algeciras, cuando salieron las listas provisionales para las 25 plazas ofertadas por el colegio mi hijo con la puntuación que tenía se encontraba dentro de esas 25 plazas. Cuando a primeros de mayo salieron las listas definitivas resulta que mi hijo está en la lista de no admitidos, se a quedado fuera por que resulta que una de las solicitudes que tenía 14,5 puntos en la lista provisional ahora tiene 15,5 puntos, me reúno con el director del colegio y me comenta que nadie a reclamado en las solicitudes de infantil y no sabe cómo le han dado más puntuación. En la solicitud presentada en el centro como Colegio subsidiario pedíel colegio que está su hermano mayor, pero resulta que por un error del centro en el programa de SENECA no se introdujo ningún centro subsidiario, perjudicando así la posibilidad de que entrara en el colegio de su hermano mayor por este error han mandado a mi hijo a un colegio que está a 4 kilómetros de mi casa dirección sur y al mayor está a más de 10 en dirección norte, como es comprensible es imposible llevar a dos niños a diferentes colegios que la hora de entrada y salida coinciden. El colegio en cuál se entregó la solicitud está a menos de 100 metros de mi casa. Por favor si alguien puede darme o ayudarme a dar una solunión a este problema se lo agradecería, un cordial saludo

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    1. La respuesta es simplemente hacer recurso de alzada denunciando todas esas irregularidades y luego ir al juzgado y pedir medida cautelar.

      Lo del centro subsidiario, haz otro segundo recurso de alzada frente a la lista de admitidos de ese centro subsidiario (ten en cuenta que en el subsidiario solo entras si sobran plazas después de cubiertas todos los que lo piden como prioritario)

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  55. Buenas tardes, me dirijo a usted para consultarle qué puedo hacer si mi hija de 3 años se ha quedado fuera en las listas definitivas de admisión de un colegio, estando en las provisionales admitida en último lugar. Somos de otra Comunidad y los criterios de baremación son distintos, pero creo que su consejo me será de gran ayuda.
    Cuando se publicaron las listas provisionales, apareció admitida el 75 de 75, y no recurrimos en el plazo de 3 días que daban. Con lo que no solicitamos ver ningún expediente, ni pensamos que se pudiera hacer. Le daban 7 puntos, que era lo que sabíamos que tiene. Ahora el día 6 de junio salió la lista definitiva, quedando como reserva número 2. Hemos comprobado que han sido admitidos una niña que no aparecía en la lista provisional y un niño al que le han dado 2 puntos más, pasando de reserva número 15 a admitido número 51 de 75.
    Como no reclamamos en su momento no sabemos si podemos presentar recurso de alzada ante la Dirección Territorial. Y en el caso de que sí podamos presentarlo, al no haber pedido ver los expedientes antes ¿podemos pedir que revisen todos ahora?, y en ese caso ¿habría que nombrar niño por niño con nombres y apellidos?, o ¿sería mejor centrarse en los 19 que han sido admitidos teniendo la misma puntuación que mi hija? Además, ¿se podría solicitar al mismo tiempo que se aumente el ratio de alumnos? o habría que esperar y en el caso de que tras el recurso no la admitieran, pedirlo. ¿Tienen que contestar siempre el recurso de alzada?
    Le doy más información por si sirve de ayuda: la norma que regula la admisión es el Decreto 61/2007 de 26 de marzo de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
    Vivimos en Las Palmas. En Canarias puntúan con 4 puntos como máximo tanto el domicilio como el lugar de trabajo, que es el que nosotros hemos puesto. El nivel de rentas nos da 2 puntos,al no sobrepasar el doble del IPREM, (en esta Comunidad Autónoma se dan 3 puntos si la renta es igual o inferior al IPREM, 2 puntos si no sobrepasa el doble, y 1 punto si no sobrepasa el cuádruple del mismo; más 1 punto más, para los que tengan 1 ó 2, si el nivel de renta a descendido de manera significativa en los dos últimos años, justificando que se perciben ayudad económicas básicas u otro tipo de subsidios). La forma permitida de acreditar la renta entiendo que puede facilitar el fraude: Se puede mediante autorización expresa a que la AEAT de directamente la información, que es lo que hemos hecho nosotros, o presentando la declaración del IRPF. Si una persona no autoriza a que la AEAT suministre la información, si no que presenta físicamente una declaración de IRPF, que efectivamente en su día hizo, pero de la que luego hizo una complementaria, que no presenta en la solicitud de plaza, da una información con la que puede obtener mayor puntuación. Hay fraude, pero como se demuestra, ¿Se puede pedir, aunque no lo hayan autorizado, que la AEAT verifique que esos datos son ciertos?
    Además tenemos 1 punto más por ser el padre de la Asociación de antiguos alumnos. En total son 7 puntos, que nos reconocen. En la lista definitiva hay 24 niños con 7 puntos. De estos 24 niños 19 han sido admitidos. Como desconocemos por que criterio los han obtenido no sabemos si el orden está bien o no.
    Muchas gracias por atenderme.

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    1. Ante todo, la normativa en canarias la desconozco, aunque en lo esencial no debe variar mucho

      Ahora lo correcto es hacer recurso de alzada pidiendo revisen todas las solicitudes y especialmente aquellas concretas que tengais sospechas de fraude

      Poder interponer recurso de alzada se puede siempre, otra cosa es que sirva para algo

      El recurso de alzada si no responden en 3 meses se entiende desestimado, entonces debeis ir al juzgado con abogado (podeis pedir uno de oficio)

      Ahora antes del recurso de alzada en mi opinión deben dejaros ver el expediente nuevamente, pero me consta que el criterio de los colegios y de la administracion es no dejarlo, con lo que si no teneis datos de los fraudes tenis que requerir a traves del juzgado que os dejen ver el expediente para hacer el recurso (es otro pleito aparte para dejar que os dejen ver el expediente)

      Lo de revisar la renta, por supuesto que se puede pedir que agencia tributaria informe, el problema es que todas las pruebas que pidais ahora, la administracion en el recurso de alzada probablemente no haga ni caso, vais a tener que esperar a ir luego al juzgado para que sea el juez el que practique las pruebas

      pero insisto, desconozco la normativa en canarias



      Otra prueba a pedir es que la policia local vaya a los domicilios a investigar si son verdaderos o no



      Lo del ratio es aparte del recurso de alzada, lo correcto es pedirlo en una instancia de forma separada



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  56. Buenas tardes, me gustaría hacerle una consulta en referencia al caso de mi hija. He solicitado plaza para mi ella en un colegio concertado que no oferta plazas para primaria en el curso 2013-14, en ese mismo centro tengo otra hija cursando Bach, además tengo otros dos hijos en un colegio privado cerca de mi antiguo domicilio. Por motivos personales hemos realizado un cambio de domicilio en el mes de Junio y nos hemos ubicado cerca del colegio concertado, sin contemplarse en la solicitud ya que gestionamos el empadronamiento en Julio. Con los puntos de familia numerosa y de hermanos en el centro hemos conseguido una buena puntuación y mi hija ha quedado la primera en la lista de pendientes de admisión, y por lo tanto, un buen puesto, creía tener posibilidades, pero el ratio en el curso está en 27 y 26 por clase, y desde el centro me han dicho que está muy complicado, me han recomendado que solicite un aumento de ratio por reagrupación familiar y por traslado en la Subdelegación, ya que el cambio de domicilio no contempla que sea de diferente localidad y podría tenerse en cuenta. Me gustaría que me recomendara como puedo enfocar de la mejor manera la solicitud del aumento del ratio, porque no quiero argumentar mal la situación de mi caso. Sé que para el curso que viene tengo los puntos de domicilio y puedo volver a intentarlo pero llevo un año disponiendo de dos colegios y me gustaría tenerlos a todos o casi todos en el mismo.

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  57. el aumento de ratio es discrecional, lo conceden si quieren y si no quieren no lo conceden, en la práctica al parecer lo vienen autorizando en casos como el tuyo para reagrupar hermanos
    la forma de pedirlo es muy sencilla, una instancia dirigida a la delegación de educación, "expone" donde cuentas tu caso y "solicita" que aumenten el ratio para que entren tus hijos en el mismo colegio
    pero sobre todo, habla con ellos en la delegación de educación antes de pedirlo, porque depende de ellos concederlo

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  58. Muchísimas gracias, ya he hablado con ellos y como tú bien dices, me han sugerido un escrito...mañana mismo lo presento, aunque en el formato tipo que has colgado en tu blog de " aumento del ratio" con según ley, no sé si eso los cabreará, igual lo evito, de todas maneras te agradezco mucho la información.

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  59. Buenos días. Quisiera hacerles la siguiente consulta:
    Quisiera matricular a mi hijo de 4 años en el 2º curso del 2º ciclo de Educación Infantil en un centro público de mi localidad (el 1er curso estuvo en un centro privado). En nuestra zona de influencia hay un único centro, que es precisamente donde nos gustaría matricularle. Lógicamente tendrían su plaza garantizada los alumnos que ya han estado en el centro el curso anterior... Una vez cubiertas esas plazas, ¿a mi hijo le tendrían que asignar una plaza obligatoriamente por ser el único centro de la zona de influencia? ¿Tendría que solicitar que amplíen la ratio en ese centro en caso de que no tengan plaza vacante? ¿Le asignarían plaza en otro centro que tenga plazas libres pero en zonas limítrofes de la localidad? Gracias.

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  60. El Decreto no garantiza que necesariamente tengan que darte plaza en un centro de la zona de influencia. Es decir, podría ocurrir que con los hermanos de los ya matriculados se cubrieran todas las plazas, en cuyo caso quedarías fuera y te ofrecerían una plaza fuera de tu zona, lo más cerca posible. El aumento del ratio, como he dicho, lo hacen cuando quieren y donde quieren, por eso, si eso ocurre, si te dejan fuera, habla en la Delegación de Educación y pídeles que por favor aumenten el ratio, si sois pocos los que os habéis quedado fuera a lo mejor lo hacen. En cualquier caso, como dice el refrán "si quieres la paz prepárate para la guerra", mientras que les ruegas y suplicas un aumento de ratio, no dejes que pasen los plazos para recurrir, primero alegaciones y luego recurso de alzada y luego al Juzgado, es posible que con tal de evitar el recurso accedan a aumentar el ratio.

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  61. Buenas noches, mi caso es el siguiente:
    El año pasado solicité plaza en los colegios de mi zona para mi hijo de 3 años. El primero que solicité era concertado ya que es el único que tenemos en el pueblo. Una vez se resolvió el procedimiento, mi hijo no fué admitido en ninguno de ellos sino que me lo reubicaron en un colegio de un barrio "conflictivo". La cuestión es que pertenezco a las Fuerzas de Seguridad del Estado y por razones laborales y de seguridad trato de evitar dichas zonas, así que no llegué a matricular a mi hijo dejándolo en una guardería privada. Este año tengo que volver a solicitar colegios y pediré de nuevo el concertado como prioritario. Me gustaría que me aconsejaran sobre cómo debo proceder, no quiero que me vuelva a pasar lo mismo. Gracias

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    1. Por el hecho de trabajar en las F.S.E. el decreto de 2011 no prevé ningún tipo de ventaja a la hora de elegir colegio (lo cual no quiere decir que no debieran haberlo tenido en cuenta, pero el caso es que no lo han hecho).
      Si quieres conseguir plaza en el concertado, tendrás que seguir los pasos que en este blog he comentado, y que resumo ahora:
      1º) Pedir plaza.
      2º) Cuando salgan las listas provisionales con puntuaciones, si hay más solicitantes que vacantes (que es lo mas probable), ve a ver los expedientes (sobre todo anota nombres, dnis y domicilios de los otros alumnos que han tenido los mismos puntos o más puntos que tu).
      3º) Haz alegaciones concretando aquellos niños/as que crees que han cometido fraude (pide notas simples al registro de la propiedad para comprobar los domicilios, por ejemplo).
      4º) Cuando salgan las listas definitivas, si sigues sin obtener plaza, haz recurso de alzada, y vuelve a pedir que investiguen los fraudes, debes señalar casos concretos con nombres y apellidos para que te hagan caso.
      5º) Si en septiembre resuelven el recurso (o antes si quieres ya puedes darlo por desestimado por silencio administrativo) y sigues sin tener plaza, ya tienes que plantearte ir al Juzgado para defender tus derechos, ahí ya necesitas abogado (no procurador) y si pierdes pueden condenarte en costas.
      6º) También puedes ir al prensa a denunciar los hechos, algunas veces es más rápido y efectivo que la vía de los recursos.
      7º) La sentencia puede tardar varios años en llegar, mientras tanto lo que se le pide al juez es una medida cautelar, que es que provisionalmente meta al niño en el colegio entretanto se resuelve el pleito (lo cual ya he dicho que pueden ser varios años). El problema es que en los últimos 2 años están denegando las medidas cautelares y solo las dan en casos muy puntuales. Muchos padres les deniegan en el juzgado la cautelar y ya "tiran la toalla" y ya no no siguen adelante con el recurso (porque piensan que para que dentro de 5 años la justicia les adjudique la plaza ya no merece la pena), otros en cambio se niegan a que "los malos" se salgan con la suya y siguen adelante para que se haga justicia, aunque sea con retraso, otros van más lejos aún y denuncian a los padres que mienten en su solicitud por un presunto delito de falsedad.

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  62. Buenas tardes, gracias por la respuesta. De todas formas en el colegio me han dicho que no hay plazas para 4 años, así que he hablado con Delegación y me han propuesto que hiciera un escrito exponiendo mi caso ya que este año lo tendría más difícil a la hora de encontrar plaza en el colegio prioritario. He pensado en solicitarles en el escrito además el aumento de ratio ya que el colegio tiene dos clases de 25 niños en cada una y que me diesen la plaza por razones de seguridad y protección de mi hijo menor de edad ya que el curso anterior no estuvo escolarizado por el mismo motivo. El escrito contiene documentación del centro donde trabajo (servicio activo)...Que le parece?

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  63. Por pedirlo no pierdes nada, pero con la normativa en la mano, insisto, el tema de la seguridad no justifica que te den plaza en el colegio que quieres, ni por el procedimiento ordinario, ni por el extraordinario via aumento de ratio (ten en cuenta que al dártela a ti se la están quitando a otro que tendrá más puntos y por tanto más derecho para obtenerla), si te la dan y otros padres que se han quedado fuera se enteran (lo cual puede que se enteren o puede que no), es probable que recurran e intenten quitarte la plaza: Ten en cuenta que tus razones de seguridad por tu trabajo son completamente respetables, pero el decreto no ha previsto esa circunstancia, solo las circunstancias previstas en el decreto se tienen en cuenta para dar plaza, lo contrario conduciría a la arbitrariedad más absoluta, que es lo que se pretende evitar..

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  64. Buenas tardes, agradeciendo en primer lugar su colaboración, quisiera presentarle mi caso para conocer sus consejos al respecto.

    Hemos presentado solicitud para escolarizar a nuestra hija en un centro concertado en la provincia de Cadiz. Una vez publicada las listas, para 25 vacantes se han presentado 42 solicitudes, de las cuales, 20 ya tiene nombre y apellidos quedando 5 plazas para sortear entre las restantes. En esas 20 hay 10 con mayor puntuación por hermanos, y el resto tienen puntuaciones inferiores aunque superiores a los 14 por docimicilio.

    Siguiendo lo comentado en este blog, hemos solicitado revisar el expediente, a lo que han accedido aunque no con toda la transparencia que pensabamos ya que por proteccion de datos no hemos podido recabar mucha información. Hay varios casos sospechosos que quisiera comentarles a ver que opina, y que nos indique el tipo de recurso de alzada que deberíamos presentar y si tenemos que hacerlo antes de publicarse la lista definitiva o tras el sorteo.

    a) Hay una solicitud que corresponden a padres estranjeros, recien llegados y que aun no estaban empadronados, solo aportaban contrato de alquiler y nos comentan que el comite de escolarizacion lo ha dado por bueno.

    b) Hay una madre que tiene puntos por monoparental, pero no tiene libro de familia español, solo aporta una partida de nacimiento de pais hispano.

    c) Hay una unidad familiar que percibe puntos por renta, pero el padre no es español y trabaja para otro pais por lo que seguramente el programa en el que consultan no vuelque esos ingresos.

    d) Hay una solicitud que en el apartado"miembros unidad familiar dos ejercicios anteriores" para calcular la renta percapita, han puesto 4 (2012) cuando el segundo hijo ha nacido en 2013. Aunque al final no han cogido puntos por renta la información no es correcta por lo que ¿tendrian que anular esa solicitud?

    ....... y varios casos mas de los que sospechamos.

    Agradeceria nos indicara como actuar al respecto. Muchas gracias.

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    1. lo de protección de datos, por protección de datos lo único del expediente que pueden ocultar es el tema de minusvalías, el resto de cosas deben dejarlas ver, si no lo hacen pídanlo por escrito

      a) lo de los extranjeros, para dar puntos por domicilio es imprescindible el padrón, al menos que este empadronado el niño, lo dice claramente el decreto y la orden de 2011
      b) lo de la madre monoparental, es muy raro, debe acreditar cual es el padre y computar los ingresos del padre
      c) lo del padre no español lo mismo, sospechoso
      d) los miembros de unidad familiar son a 31 de diciembre de 2012 (ultimo año IRPF presentado), por lo que esa familia son 3 y no 4 miembros, los ingresos deben repartirse entre 3 y no entre 4, pero anular la solicitud por ese motivo lo veo excesivo

      ahora lo que hay que hacer es ALEGACIONES (en la web he colgado un modelo) diciendo los casos sospechosos que sepamos (cuantos más mejor) y pidiendo que investiguen domicilios sobre todo

      luego, después, cuando salgan las listas definitivas, es RECURSO DE ALZADA, en el que habrá que incluir aquellos que denunciamos en alegaciones y no hicieron casos mas otros nuevos que encontremos

      si después siguen sin "expulsar" a los fraudes, ya hay que ir al Juzgado, seria un RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (hace falta abogado, puede pedirse de oficio)

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    2. Muchas gracias. No encuentro el modelo de alegaciones, ¿podria indicarme dónde se encuentra?.
      Entonces, en estos 10 días, presentamos escrito de alegaciones en el centro, y una vez salgan las listas definitivas y se realice el sorteo, recurso de alzada a la delegacion provincial si no han solucionado nada.

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    3. Enviame un email a br2209@icaalmeria.com y te mando un modelo de escrito de alegaciones (es largo para colgarlo en la web)

      efectivamente, ahora alegaciones, luego recurso de alzada y luego al juzgado, hasta que os hagan caso

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  65. Hola, en primer lugar muchísimas gracias por ayudar de forma desinteresadas a muchos padres que nos encontramos perdidos (y nerviosos) en un tema tan importante como éste.

    Mi caso es bastante típico: colegio con 20 vacantes a sortear entre 23. Realizado el sorteo nos hemos quedado en el número 23 (peor imposible). Vamos a intentar encontrar solicitudes "sospechosas" siguiendo los pasos que usted explica (de nuevo mil gracias) y también vamos a ir a la Consejería a pedir un aumento de ratio.

    La pregunta es la siguiente: el primer niño que ha quedado en lista de espera es mellizo de otro que sí ha entrado, tengo entendido que por ley este niño debe entrar también, con lo que entonces una clase estaría a 25 y otra a 26. ¿Es entonces "más fácil" justificar la petición de aumento de ratio ya que en una de las clases ya lo han aumentado? (En cualquier lugar, nosotros necesitamos que lo aumenten a 27 para poder entrar, pero si lo aumentan a 26 ya sólo tendríamos que encontrar una solicitud fraudulenta).

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    1. no, lo siento, el aumento de ratio para no separar hermanos esta previsto y es habitual hacerlo, pero eso no justifica aumentar el ratio para otros motivos, en tu caso si quieren lo amplian y si no no lo ampian
      vosotros estaríais al entrar ese niño los 2º de "lista de espera", con lo que no es difícil encontrar al menos 2 fraudes y que entréis, mi consejo es recurrir, decir con nombre y apellidos en vuestro recurso de alzada o reclamación los niños que creeis han mentido en domicilio y decir las pruebas que teneis (por ejemplo, notas simples de que son propietarios de una vivienda en otra zona). en vuestro recurso pedid que envíen a la policía local o autonómica a investigar esos domicilios, no es difícil que entréis sin necesidad de ir al juzgado siquiera

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  66. Mi hija no me ha entrado en el colegio elegido como prioritario, como puedo denunciar la lista, por posibles anomalías en la misma. Mañana salen la lista del sorteo, pero me gustaría poner una reclamación de los procesos de baremacion. Gracias, espero su respuesta.

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    1. Hay que interponer un recurso de alzada (si es un colegio público) o una reclamación (si es concertado) frente a la lista de admitidos y no admitidos, en el recurso o reclamación hay que decir que niños creemos han sido incorrectamente puntuados y porque motivos y pedir que investiguen los domicilios y envíen a la policía local o autonómica a que compruebe los domicilios que creemos fraudulentos. En esta web he colgado un modelo de recurso, si no lo encuentras escríbeme a br2209@icaalmeria.com y te mando un modelo.

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    2. Muchas gracias y muy agradecido. Me ha servido de gran ayuda.

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  67. Puedo ahora pedir los datos al colegio y ver solicitud a solicitud. O estoy fuera de plazo. Gracias

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    1. aun estas en plazo para el recurso de alzada / reclamación, es de un mes, el problema es que probablemente ahora no van a dejarte ver el expediente y vas a tener que interponerlo "a ciegas", si quieres que te dejen ver el expediente ahora y te niegan ese derecho deberías ir al juzgado en un procedimiento para la protección de los derechos fundamentales para que el juez les "obligue" a dejarte ver el expediente, por eso yo siempre recomiendo ver el expediente y anotar todas las irregularidades en fase de alegaciones, ahora es mas dificil

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  68. Hola, primero de todo dar las gracias de antemano.
    Yo tengo don niños mellizos de tres años que entran este año al 2ª ciclo de educación infantil. Mi pueblo, un municipio de Córdoba, tiene distrito único, por lo que los puntos por domicilio son iguales para todos.
    Yo solicité como primera opción un centro concertado. El dia 22 de abril salieron las listas de solicitudes donde aparecían 34 niños, de los cuales 21 tenían más puntos, por diferentes motivos, y estábamos 13 niños empatados, para 4 plazas vacantes.
    El 14 de mayo cuando se hizo el sorteo público para dirimir empates, haciendo los cálculos pertinentes, mis niños tenían una plaza asegurada, que por ser hermanos, si entra uno de ellos, arrastra al hernano.
    El centro no había publicado ninguna lista definitiva, por si había alguna reclamación. Pregunté y me dijeron que no era obligatorio publicarla, y que además, no tenían ninguna noticia si había alguna modificación con la lista publicada el 22 de abril.
    Mi sorpresa era que al ver las listas definitivas que sacaron el 20 de mayo, mis niños se quedaban fuera porque habían admitido una alumna nueva, que no aparecía en las primeras listas.
    Pregunto en el centro y me dicen que esa alumna necesita atenciones especiales, y que la Administración Pública se reserva un número de plazas para esos casos. Pido ver la solicitud de esa alumna y me dicen que no es posible porque la solicitud no la hizo en ese centro.
    Además, en mi localidad, el centro que yo solicité como prioritario es el único que tiene lista de espera, los demás centros, tienen plazas vacantes, y dos de ellos tienen clases preparadas para alumnos con necesidades especiales.
    ¿Qué hago? ¿Pido un recurso de alzada?
    Si lo tengo que pedir, por favor, ¿me puede decir cómo lo redacto y donde lo entrego?
    Muchísimas gracias.

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    1. Si es un centro concertado, es una reclamación (es lo mismo que recurso de alzada, solo cambia el nombre), en esta misma web he colgado un modelo, puedes presentarlo en el colegio o enviarlo por correo certificado con acuse
      las plazas para niños con necesidades especiales deben venir reservadas desde el primer momento ¿es asi? (es decir, el dentro debe ofertar X plazas en general y reservar X plazas para estos niños), es como se debe hacer
      la alumna nueva, aunque cumpla el requisito de las necesidades especiales, si no estaba en las listas iniciales, no puede entrar

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    2. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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    3. No, no es así, el centro ofertaba 25 plazas sin reservar ninguna.
      La alumna nueva debió realizar su solicitud en otro centro, poniéndolo como prioritario, porque no aparecía en las listas iniciales.
      Tengo fotos de esas listas y pone: "Total de vacantes ofertadas 25" y también "Total solicitudes presentadas como prioritario 34" los 21 alumnos con más puntos y los 13 alumnos empatados.

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    4. entonces no debería entrar, entiendo yo, si no estaba en la lista inicial
      de todos modos, la solicitud la puede presentar en la delegación de educación o en el colegio, si la presenta en delegación deben remitirla al colegio, pero antes de salir la lista inicial, en la lista inicial debe salir en cualquier caso, porque presente donde presente su solicitud deben remitirla al colegio pedido en 1º lugar para que la evalúen
      te aconsejo recurrir, no obstante, habla con el colegio y con delegación que te den una explicación razonable (porque quizás la hay, aunque no creo)

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  69. Primeramente darte las gracias por brindarnos tu ayuda desinteresadamente a todos los padres que andamos perdidos y agobiados por el desconocimiento que nos supone este tema.

    En segundo lugar, decir que soy de Barcelona y no sé si funcionan las mismas leyes en todas las comunidades. Lo comento para la hora de consultar o poner en nuestras reclamaciones o recursos.

    Tengo 2 hijos en 2 centros diferentes. La mayor cursa segundo de primaria y el pequeño está en P3 de educación infantil. He solicitado plaza para mi hijo en el centro donde tengo a la niña, ya que es el que único que me toca por área de influencia. Se han publicado las listas y ni hijo está en lista de espera con 70 puntos (30 por área de influencia y 40 por tener un hermano en el centro). Han quedado 3 niños en listas de espera, entre ellos mi hijo con mayor puntuación. El último tiene 10 punto y presento solicitud fuera de plazo, el segundo tiene 10 puntos y el primero 70 puntos que es mi hijo.

    He hecho una reclamación solicitando reagrupación de hermanos en el mismo centro, aunque según los consejos que no ofreces en este blog, no sirve para mucho. Y ahora quiero hacer un recurso de alzada para que revisen el baremo.

    Mi pregunta es la siguiente, sirven las mismas leyes que nos ofreces en este blog para la comunidad cataluña??? lo digo para la hora de consultar y ponerlo en el recurso. Sino fuera así, me podrías orientar de otra página o ... no sé, en otro foro (he buscado, pero no he sabido encontrar, sólo encontré este después de mucho buscar).

    Muchas gracias.

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  70. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  71. Referente a lo que he publicado anteriormente, se me ha olvidado comentar lo siguiente:

    El Centro dónde tengo a mi hija es de dos líneas, por tanto en P3 se ofertan 23 plazas y 2 de educación especial (un total de 46 + 4). He solicitado para el curso que viene P4 y hay 52 alumnos ya, por tanto para que mi hijo entrara tendrían que haber 3 vacantes, según me ha dicho el Centro. Tengo mis dudas, ya que me han informado en otro centro que hay un ratio de 25 por aula, pero se pueden coger hasta 26 alumnos. Pero por lo que publicas como encabezado de este blog, art.2 ratios de alumnos por aula en el BOE el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, pueden coger hasta 30 alumnos, no??

    Muchas gracias

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    1. el ratio de alumnos por aula puede aumentarse (si la delegación de educación quiere) en un 10%, pero este decreto de 2012 permite aumentar un 20%, pero si quieren, no se les puede obligar, es potestativo, 25 más un 20% efectivamente, son 25+5=30 alumnos

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  72. Ara tengo una duda, hago recurso o reclamación??? y solicito revisión del baremo o que cojan a mi hijo por el art. 2 ratios de alumnos por aula publicado en el BOE el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril???

    Creo que el plazo de reclamación son 3 días máximo después de publicación listas, no??

    Muchas gracias

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    1. recurso de alzada si es centro publico , reclamación si es concertado, (el contenido es el mismo,cambia solo el nombre), presentalo pidiendo revisen los puntos
      aumento de ratio pídelo también pero en escrito aparte
      no obstante, dado que eres de la comunidad autónoma de Cataluña, habrá que ver la normativa allí aplicable, que no es la misma que en Andalucia, que es donde yo estoy y la que conozco, te recomiendo buscar un abogado de la zona (puedes pedirlo de oficio en el colegio de abogados si tus ingresos son bajos)

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    2. ´Muchísimas gracias por tu ayuda. Seguiré tus consejos.

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  73. En primer lugar; Gracias por la información de este Blog.Es genial !!

    En segundo lugar, me gustaría que me dieseis luz con el caso de la escolarización de mi niña de 3 años;
    Después del sorteo de empate y habiendo salido la asignación de plazas definitiva donde nos ha faltado 2 puestos para admisión, nos han dado un colegio que esta a 10Km de nuestra casa y el que habíamos cogido en la 3 opción.

    ¿Qué opciones tengo?
    ¿Cómo se asignan las plazas después de las 75 vacantes originales? Porque han asignado 5 plazas extras, en esta última admisión definitiva... ¿Se podrían pedir más?

    Supongo que pueda haber gente en mi situación en el mismo colegio, ¿se podría plantear permutas?

    MUCHAS GRACIAS !!

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    1. al parecer lo que han hecho es ampliar el ratio de 25 a 27 niños por aula, es algo que pueden hacer si quieren pero no se puede exigir

      para conseguir plaza en el colegio pedido en 1ª opción, hay que presentar recurso de alzada/reclamación denunciando aquellos niños/as que hayan sido puntuados incorrectamente, pidiendo les quiten los puntos, así se recalcula el resultado del sorteo y "corre la lista", si me dices que estas en 2º ó 3º puesto de la "lista de espera" es que con detectar 2 ó 3 fraudes ya entras, merece la pena intentarlo

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  74. Antes de nada decir que es de gran ayuda este blog.
    Comento mi caso a ver si alguien más está en mi caso.Hoy han salido las listas de las "reubicaciones" es decir, los destinos para aquellos alumnos que no fueron admitidos en el prioritario.En el caso de mi hija y debido a que en las otras 4 opciones que puse no había ya vacantes, la han enviado a un colegio de zona limítrofe (donde se tienen 8 puntos por domicilio familiar) cuando existen otros centros de mi zona donde sí tienen vacantes.Es decir, que la comisión de escolarización ha decidido enviar a un centro lejano a pesar de que en mi zona hay plazas libres (en un centro en concreto sé que han quedado 8 libres).
    El viernes tengo cita con la mencionada comisión a ver qué me cuentan.Además interpondré recurso de alzada,por supuesto.

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    1. efectivamente, debes interponer recurso de alzada/reclamación en cualquier caso, frente a la denegación de plaza en el 1º colegio, pero también debes recurrir la resolución por la que te asignan ese colegio fuera de tu zona habiendo plazas libres dentro de la zona, el problema es demostrarlo, es posible que esas plazas libres las hayan adjudicado a otros que han pedido esos colegios en 2ª ó 3ª opción y aunque inicialmente quedaron libres ya no lo estan

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    2. No,han quedado plazas libres TRAS reubicación, lo he confirmado en uno de los centros,es decir,que tras reubicarse a todos de 2ª,3ª,4ª y 5ª opción han quedado plazas libres.

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    3. entonces no entiendo nada, quizás esas plazas se las quieren dar a otros niños en vez de dártelas a ti, habla con delegación de educación que te den una explicación razonable (a lo mejor la hay)

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    4. Tras reunión con la Comisión de escolarización nos han comentado que Séneca asignó muy pocos alumnos de forma automática con lo cual tuvieron que reubicarse cerca de 500 alumnos "a pedal" usando Google Maps (¿?) en dos días "frenéticos".A eso contestamos que no es problema de los padres la organización interna de la Administración educativa y que a pesar de que ni el Decreto ni la Orden especifican nada sobre el proceso de las reubicaciones es lógico pensar que se respete el criterio zonal y que se intente escolarizar en los centros de 14 puntos si hay plazas como las hay.En ese sentido plantearé el recurso de alzada.

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  75. Buenas tardes,

    Lo primero como todos es dar las gracias, por que hoy en dia la ayuda de unos a otros no esta muy extendida y menos altruistamente, gracias por la ayuda.

    Mi caso es el siguiente: tengo un hijo que cumple 3 años, en el mundo escolar estoy muy perdido solo se lo que me orientaban en el teléfono de atención telefónica, el caso es que presente solicitud de los colegios en Sevilla capital, yo vivo en un pueblo donde mi hijo no tendría educación de calidad y ni en el colegio de mi urbanización ni otro que medio se salva tengo plaza, ya están llenos, además por motivos económicos para el curso escolar tengo que cambiar a vivir con mis padres, el caso es que no me han aceptado a mi hijo en ninguno de los colegios solicitados en Sevilla en la zona donde mi madre trabaja que seria la que se encargaría de mi hijo, además son los mejores concertados, me han asignado otro que esta a unos 3 km de estos, no se cuantos puntos tiene mi hijo, no se que hacer, el caso que el colegio asignado es conflictivo. vamos estoy como puedes ver muy preocupado y desorientado. espere ayer como me dijeron a ver las listas de reubicación, donde me encontré con la sorpresa. se supone que ahora tengo que hacer un recurso de alzada, pero para que, que pido, no se que hacer.
    gracias por antemano

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    1. por hacer recurso no pierdes nada
      el problema es que, por lo que me dices, el colegio que quieres es no donde vives sino en la zona de tus padres, con lo que incluso aunque consiguieras "echar" del colegio a otros niños, probablemente aún asi te faltarían puntos
      todo depende de cuantos puntos tengas tu y el puesto de "lista de espera" en que estes
      te aconsejo que si, tus ingresos no son altos, vayas al colegio de abogados de Sevilla y pidas un abogado de oficio que te estudie tu caso concreto (no te costará nada)

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    2. iré a mirar los puntos que tiene pero creo que ninguno, lo curioso es que según me entere, todos los niños que sobraban en el colegio que se pone en primer lugar han sido mandados al mismo colegio que el mío, ni siquiera contemplaron las siguientes alternativa de la lista y que la consejería de educación me dice que matricule el día 1 al niño y luego que pida un anexo 9 para cambio de colegio haber si hay suerte, pero claro si matriculo al niño en ese colegio y luego no hay suerte, lo tendré en un colegio casi en las 3000 viviendas, de Nervión lo mandan junto a las 3000 viviendas, con lo cual me da miedo matricularlo y que tenga que ir allí.

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    3. ellos (los de la delegación de educación) te insisten en que hagas la matricula en el colegio que te ofrecen, porque asi para ellos eres un problema menos una vez que haces la matrícula (luego les gusta salir en el periódico diciendo que el 90% de los niños han obtenido plaza en el colegio pedido en 1ª opción, lo que se callan es el calvario que sufre el 10% restante), yo no me atrevo a aconsejarte que no lo matricules, pero creo que haces más presión si lo tienes sin escolarizar entretanto te asignan un colegio medio "decente" (ten en cuenta que 2º ciclo de infantil no es obligatorio, puedes tener el niño/a sin escolarizar entretanto encuentras colegio para él, quizás a mediados de curso quede vacante alguna plaza en otro colegio, o incluso ahora en junio a lo mejor no se matriculan todos los que han obtenido plaza en el que pediste en 1º lugar y sobra una plaza, suele ocurrir, según me comentó un funcionario de educación con años de experiencia, hay niños de 3 años que aunque obtienen plaza los padres optan por no matricularlos porque aún no controlan los esfínteres bien, es decir, que no hacen pipi y caca solos y por eso los padres esperan un año más antes de escolarizarlos)

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    4. mira también si quieres el modelo de escrito que he colgado más arriba es este blog, para un caso en que la madre optó por matricularlo en el colegio "no querido", pero haciendo constar no obstante que si salían plazas en el otro le avisaran:
      http://projusa-abogado.blogspot.com.es/2012/04/muy-importante-real-decretoley-142012.html?showComment=1337288411722#c2138759110372545187

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    5. Gracias por la ayuda altruista, de verdad nos prestas una ayuda incalculable, no solo con el asesoramiento sino con oírnos ya que aunque parezca cosas simples, para padres sin experiencia es todo un mundo y no solo que no sepamos sino que nadie nos escucha.
      gracias

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  76. Buenas Noches,
    Primero decirle que gracias a su labor empiezo a entender algo acerca de este mundo en el que me encuentro tan perdida.
    Segundo comentarle mi caso para así realizarle algunas preguntas que aún se me quedan en el tintero.
    Soy madre de una niña de tres años a la que en la reubicación le han adjudicado un colegio que no era ninguno de los 5 centros solicitados y se ha quedado segunda en la lista de no admitidos(ratio final 26, fuera sólo 4). Además, y más importante para mi, es que el centro adjudicado es muy conflictivo, por lo que la matriculación en dicho centro no la contemplo (bajo ningún concepto).
    Dicho esto mis dudas son:

    1)Si comienzo el procedimiento burocrático explicado anteriormente por usted sin estar mi hija matriculada en ningún colegio ¿perdería algún tipo de derecho al respecto? ¿o es necesario que mi hija se encuentre en SENECA para presentar el recurso de alzada?
    2)En dicho recurso ¿es necesario escribir algún nombre de personas que hayan cometido una posible irregularidad? En mi caso lo veo muy complicado por el desconocimiento absoluto de todos y cada uno de los alumnos admitidos.

    Sin más, muchas gracias de antemano por su colaboración en un tema tan importante como es el luchar porque mi hija pueda estudiar en un colegio donde las grescas diarias no esten garantizadas.

    Raquel.

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    1. 1) si tu hija va a entrar en 2º ciclo de infantil, al ser una etapa no obligatoria, puedes recurrir y mientras se resuelve el recurso matricularla en otro colegio (y si ganas anular la matricula y matricularla en el que tu quieres en 1ª opción) o bien, recurrir, y mientras tanto dejarla sin escolarizar (lo único que puedes perder si haces esto es que si pierdes el recurso la plaza que ahora te ofrecen en un colegio "conflictivo" ya deje de estar libre y cuando digas de matricularla te ofrezcan otro "superconflictivo", pero si me dices que es "conflictivo" con total seguridad esa plaza siempre va a estar disponible
      2) en el recurso lo lógico es "denunciar" con nombre y apellidos a niños/as concretos que sospechemos han cometido fraude, si no conoces ningún caso, puedes también presentar el recurso y pedir en general que se revisen todas las puntuaciones y domicilios, pero entonces el recurso seguro que no te harán caso (es incluso denunciando casos concretos y muchas veces no hacen caso). si no sabes ningún caso (siempre hay alguno) tienes que ver los expedientes, como he explicado en el blog, pides información en el registro, notas simples, etc... No obstante, recurre en cualquier caso, aunque sea para pedir que revisen todos los expedientes en general, no te cuesta nada ni pierdes nada

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  77. Buenas tardes:

    Mi caso es el siguiente, al igual que Raquel, mi hijo no ha entrado en el colegio elegido como prioritario (tenía 8 puntos), habiéndose quedado el primero en la "lista de espera". Nuestra sorpresa ha sido que finalmente han elevado el ratio, 26 por clase, pero en lugar de asignar esa plaza a mi hijo, la han reasignado a un niño que ni estaba en la lista de no admitidos y que tampoco había elegido nuestro centro ni como opción prioritaria ni subsidiaria.

    Vamos a presentar el correspondiente Recurso y estamos intentando concertar una cita con la Comisión de Escolarización o con algún funcionario de la Delegación para que nos expliquen la situación, el propio Colegio nos ha animado a impugnar dicha adjudicación.

    Tan solo quería compartir mi caso, y conocer vuestra opinión al respecto.

    Enhorabuena por la labor que hacéis, sin duda se viven situaciones muy traumáticas y la información que dáis no tiene precio.

    Un saludo.

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    1. si es como tu dices haz:
      1º) recurso de alzada/reclamación pidiendo que te den esa plaza y que echen a ese niño
      2º) habla con el colegio y con la delegación de educación, que te den una explicación razonable y que te digan en base a que artículo de que ley o decreto han metido a ese niño "con calzador" (a lo mejor hay una explicación)
      3º) si no te convencen (es decir, si no justifican que con la ley en la mano ese niño esta "bien metido"), entonces yo quizás me atrevería a ir al juzgado de guardia y pon una denuncia por prevaricación contra la delegación de educación por haber hecho algo contrario a la legalidad (ojo, mucho cuidado, asegúrate primero hablando con ellos que no existe ninguna justificación legal para ello, que por lo que me cuentas no se me ocurre que pueda haberla).

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    2. Eso suele pasar porque existen plazas que son "reservadas" para alumnos con Necesidades Educativas Específicas (los denominados NEE).Es algo habitual.

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    3. si, pero aunque las plazas estén reservadas para niños/as con NEE, esos niños deben haber solicitado la plaza igual que todos

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    4. Os informo de que me han estimado el recurso, se trataba de un error de la Delegación y finalmente mi hijo ha entrado en el centro elegido.
      Muchas gracias por la labor que realizas.

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    5. Me alegro de que al final se haya solucionado, por eso siempre aconsejo recurrir (al menos en alzada, que no cuesta dinero porque no hace falta abogado).

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  78. buenas tardes, ante todo darle las gracias por todas las dudas resueltas en su blog y por los modelos de recursos de alzada que nos ofrece.
    Quisiera exponerle mi caso para ver si podría orientarme para presentar recurso, que sé que tengo que presentarlo.
    Solicité colegio para mi hijo de 3 años habiendo mas solicitudes que plazas, quedamos a empate y en el plazo de alegaciones presentamos un informe de Atención Temprana con fecha de mayo. Nos dijeron que ese informe ya no valía.Asi que fuimos a sorteo y quedamos fuera. Nos lo han reubicado muy lejos de mi domicilio, y aunque ya he indagado en otros centros más cercanos y voy a matricularlo alli, mi pregunta es : como puedo hacer para que estimen los 2 puntos que nos corresponderían por ese informe, porque ellos alegan que hay que presentarlo en el plazo de solicitud, pero he consultado el portal de escolarizacion de la Junta y ni en la información general ni en el apartado de preguntas frecuentes dice nada al respecto. No facilitan en este caso información clara a los padres. Podría orientarme por favor?

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    1. entiendo que los requisitos de todo tipo (minusvalías, atención temprana, etc...) hay que cumplirlos al momento de solicitar la plaza, no después (la renta familiar, por ejemplo, es incluso antes, se toma la renta de hace 2 años y puede ocurrir que hoy la familia este en paro y por injusto que parezca eso no se tiene en cuenta)
      no obstante, el tema no esta claro, mi consejo, como siempre, es recurrir, pide que te tengan en cuenta ese informe y te den los 2 puntos a ver que pasa, por lo menos les obligas a responderte por escrito y que te digan en base a que artículo del decreto o de la orden de 2011 no se tiene en cuenta esa circunstancia

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  79. Pido disculpas a todos si no puedo responder y profundizar adecuadamente en muchas consultas que me plantean, pero es que estoy realmente desbordado, diariamente tengo que responder a través del blog a muchos padres más otros muchos que contactan conmigo por email, puedo haberme equivocado en algún caso porque para aconsejar correctamente hace falta tener todos los datos y dedicar un tiempo de estudio a cada caso individual, lo cual aquí no es posible, recomiendo acudir a un abogado para estudiar en detalle los casos concretos, yo aquí solo pretendo dar una orientación mínima.

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  80. Hola, soy la chica de Barcelona, estoy muy contenta, ya que gracias a tu ayuda, mi hijo el curso que viene puede estar en el mismo Centro que su hermana.

    El Director del Centro, me ha llamado hoy, para decirme que han habido dos bajas (uno marcha al extranjero y otro cambia de localidad), cuando en un principio todo eran impedimentos. Puse el recurso (como me dijiste), utilizando el modelo que hay a principios de esta página y me ha ido de fábula.

    Entiendo tu impotencia, pero nos dedicas muchas horas de tu tiempo desinteresadamente y esto es de agradecer, es normal que todo no pueda salir como a uno realmente le gustaría. Pero puedo decir que me has enseñado mucho, y has abierto el camino que tenía cerrado, por suerte para mi.

    Ya sé que es un poco egoísta por mi parte, pero ánimo que te necesitamos. Muchísimas gracias por todo.

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    1. Sinceramente, me alegro mucho de que todo haya salido bien, esto lo hago desinteresadamente, porque hace años sufrí el problema en mis propias carnes con mi hija de 3 años, y comprendo perfectamente lo que se siente.

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  81. Hola, no sé si sigue activo este blog.
    Os escribo por si sabéis cómo están funcionando las listas de no admitidos en Andalucía.

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  82. si, por mi parte el blog sigue activo
    los que quedan no admitidos forman una "lista de espera" que en caso de producirse vacantes hay que dárselas a ellos en el mismo orden en el que están, lo que no está claro (la propia consejería no aplica criterios uniformes) es hasta cuando esta vigente la lista de espera, en algunos casos se considera que "muere" la lista al empezar el curso (de forma tal que si hay por ejemplo una vacante en noviembre los de la lista de espera no tienen ningún derecho preferente a ella) y en otros casos (en mi opinión es la tesis correcta) deben estar vigentes hasta que el curso siguiente en marzo se inicie el plazo de solicitudes.
    para mas información br2209@icaalmeria.com

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  83. Gracias.
    Mi hijo se quedo el primero de la "lista de no admitidos" y antes de empezar el curso habia tres vacantes en el centro que se produjeron a principios de septiembre de tres alumnos que se habian matriculado y luego se dieron de baja (antes de empezar el curso).
    En la Delegación de Cádiz no han querido asignaros una de esas plazas. Hemos presentado varios escritos, ya que el centro que se nos asignó de oficio no tiene aula matinal ni comedor y trabajamos los dos padres. Ademas, como esas plazas surgieron antes de que se resolviese nuestro Recurso de Alzada que pusimos en junio, consideramos que deberian haberse publicado. Pero ellos interpretan que solo hay que publicar las vacantes que haya el 12 de junio. Y ya cualquiera a partir de esa decha se reserva para los casos del periodo extraordinario ( cambio de domicilio,.) acoso escolat o violencia de genero).
    Ya hemos interpuesto Recurso Contencioso Administrativo. Pero me parece raro no ver mas noticias de padres en nuestra situacion. Porque es algo totalmente injusto. Esas plazas llevan 5 meses vacias, y ahora me imagino que las ofertaran, pero nosotros ya no estaremos los primeros, sino que tendremos que volver a entrar en un sorteo...

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    1. es lo que te comentaba, no esta clara la forma de asignar esas plazas vacantes extraordinarias, en mi opinión, deberían haberos ofrecido esas plazas, no lo han hecho, y la única solución es recurrirlo, deberíais solicitar por escrito una de esas plazas y si no os las dan, recurrir nuevamente al juzgado

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  84. Muchas gracias por tu respuesta. Ya hemos presentado hasta tres escritos en Delegación con registro de entrada, y como no nos las dan, las hemos recurrido judicialmente. Ahora solo nos queda esperar, aunque nos han denegado las medidas cautelares que las pedinos también.

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  85. Hola a todos, en primer lugar dar las gracias por este magnifico blog. Sin mas dilaciones expongo mi caso, mi hija entra ahora en el colegio, va a cumplir tres años, hemos escogido en el orden de prelación tres centros escolares, el primero concertado y los otros dos públicos. En los públicos. los cuales tienen 50 plazas vacantes cada uno, tienen el cupo casi lleno habiéndose presentado, 48 y 46 solicitudes, en el centro escogido en segundo y tercer lugar, respectivamente, aún faltan las solicitudes que se puedan presentar por correo hasta el día 31 de este mes. El centro concertado que tenemos como primera opción tiene 75 plazas vacantes y se han presentado 86 solicitudes, mas la que se presenten por correo, solo tenemos 14 puntos de puntuación por domicilio y ya nos han comunicado que con esa puntuación vamos a sorteo.
    Una vez explicado lo anterior expongo nuestra situación por encima, yo trabajo en otra provincia distinta y paso mucho tiempo fuera, y mi mujer trabaja una semana de mañana de 9:00 a 15:00 y otra de tarde de 15:00 a 21:00 horas, por tal motivo, los centros que hemos escogido disponen de comedor para que mi mujer pueda recoger a nuestra hija cuando salga a las 15:00 horas, comentar que los colegios que hemos elegido se encuentran cerca de nuestro domicilio y al lado del lugar de trabajo de mi mujer, ya que ella no dispone de vehículo para poderse desplazar, y andando teniendo en cuenta el horario de trabajo le resultaría imposible llevar a nuestra hija al colegio si se tiene que desplazar a la otra punta de la ciudad.
    En primer lugar y si nos quedamos fuera en el sorteo me gustaría presentar un escrito comunicando nuestra problemática y solicitando, se que es con carácter potestativo, la ampliación de plazas en el centro. Por lo que he estado leyendo en este blog, va dirigido a la Consejería de Educación, pero ¿Que se presenta en el centro escolar?, ¿Se puede enviar una copia a la Delegación provincial de educación? ¿Que plazo tienen para contestarme?. Si estas primeras gestiones resultan infructuosas solicitaría los expedientes para proceder después a la interposición de recurso de alzada, tal y como se explica en este blog.
    Espero que mi hija no se quede fuera en el sorteo, porque sino y casi con total seguridad nos resultaría casi imposible que asistiera al colegio por la problemática planteada, siendo la enseñanza básica obligatoria.
    Gracias de antemano y mis mas sincera enhorabuena por la utilidad de este blog, hace usted una gran labor. Reciba un cordial saludo.

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    1. Hazlo a la inversa, 1º mira expedientes ahora en abril y haz alegaciones, y luego, 2º, pide aumento de ratio. Es improbable que consigas aumento de ratio, y si lo consigues no entras tu, deben entrar los primeros en "lista de espera". En cambio, en los colegios mas solicitados, normalmente concertados, suele haber un 10%-20% de fraudes, sobre todo en domicilio, por lo que si ves expedientes y hacer alegaciones denunciando fraudes concretos, es muy probable que consigas entrar. Muchos padres no ven expedientes confiando en los "cantos de sirena" de aumentos de ratio y similares y luego en junio llegan las listas definitivas y se quedan fuera y para entonces ya solo les queda el recurso de alzada, en el que no suelen dejarles ver los expedientes, y si no ves los expedientes, es casi imposible que el recurso prospere. En resumen, ahora lo mas urgente es ver expedientes y alegar, luego, pide aumento de ratio, en delegación solo, o también en el colegio.

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  86. Otra pregunta en relación al comentario anterior, como todavía esta el plazo abierto para presentar solicitudes, acaba el día 31 pudiéndose presentar por correo. Podría presentar un escrito en el colegio solicitando un error en la solicitud, en la elección de los colegios puesto como segundo y como tercero, solicitando que me cambien el orden de prelación escogido, para que me cambien el que he escogido como segundo por el que he escogido como tercero, ya que en el tercer colegio actualmente hay mas plazas libres que en el segundo, a expensas de las que se puedan presentar por correo.
    Podría presentar en el colegio donde hemos presentado la solicitud un escrito por correo solicitando la nulidad de mi solicitud y presentar igualmente por correo otra solicitud en uno de los dos colegios que tenemos como segundo y tercer lugar en las que quedan plazas. Tras hablar telefónicamente con el Centro de Atención a la Comunidad Educativa nos informan que no es posible porque podría existir una duplicidad de solicitudes y dejar a mi hija la última, les comento que si el plazo para la presentación de solicitudes sigue abierto hasta el día 31 no me deberían de privar del derecho de presentar la solicitud en el colegio que consideremos habida cuenta de las circunstancias personales nuestras y del numero de solicitudes presentadas en el primer colegio, en el que vamos a sorteo, diciéndole que si en correo me sellan el escrito dejando constancia del día y hora, registrando primero el escrito solicitando la anulación de la solicitud inicial, y segundo la nueva solicitud para otro colegio no debería de existir duplicidad. ¿Podría hacerlo?, ¿Es legal que me la dejen para la ultima?, es que no me atrevo porque al menos ahora tenemos la oportunidad de entrar en el sorteo.

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    1. Si lo haces antes del 31 de marzo, en mi opinión, no debe haber problema (no obstante, consulta en colegio y en delegación a ver que criterio tienen). En mi opinión, hasta el 31-3-2015 tienes derecho a desistir de tu solicitud inicial y presentar otra nueva en la que cambies el orden de preferencia, después del 31-3-2015 ya la solicitud es inamovible (en mi opinión, no obstante, asegúrate preguntando en colegio y en delegación porque corres el riesgo de que entiendan que es una solicitud doble y encima te penalicen dejándote en 0 puntos).
      De todos modos, los colegios que elijas en 2ª ó 3ª opción es improbable que te los den, ten en cuanta que tienen preferencia sobre ti todos aquellos que los pidieron en 1ª opción, aunque tengan solo 0 puntos.

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    2. Gracias por la aclaracion, después de estar hablando con el centro de atención a la comunidad educativa y con la delegación, no nos garantizaban que pudiéramos hacerlo sin tener problemas, la respuesta que me dieron fue que este caso no se les había dado nunca y que la casuística era muy grande, que entendían que no debería de tener problema porque la anulación de la solicitud y la presentación de la nueva se realizaba en tiempo y forma, pero que también estaba la posibilidad de que se detectara una duplicidad de solicitudes y que mi hija pasara a ser la ultima, instándonos en este último caso a la confección de una reclamación. Al final y ante la poca formación al ser incapaces de darnos una contestación fiable hemos decidido por no registrar el escrito por correo para anular la solicitud, lo que si hemos hecho es confeccionar un escrito registrándolo por correo solicitando un cambio en la elección de los centros que escogimos como subsidiarios inicialmente, colocando en la primera posición el que mas plazas libres le quedaban de los que habiamos elegidos, ya que en esta última cuestion si nos confirmaron que no íbamos a tener problemas ya que todo se resolvía en un solo centro educativo. Gracias y ya iré contando por aquí nuevos acontecimientos.

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  87. Una duda, ¿se puede modificar la oferta de vacantes publicada en los centros por que se cubra alguna por algun traslado por ejemplo?

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    1. No entiendo exactamente la pregunta. Creo que lo que quieres decir es saber que pasa si a mediados de curso, por ejemplo, un niño deja el colegio por ejemplo porque los padres se van a vivir a otra ciudad. En esos casos, hay una plaza que, bien se puede cubrir por el procedimiento extraordinario, adjudicarla sin esperar a que empiece el siguiente proceso ordinario de escolarización, o esperar a marzo del año siguiente para que se adjudique dentro del proceso ordinario. Ambas opciones son correctas, en mi opinión. El problema es que si la vacante se cubre en el procedimiento extraordinario, no está claro en el Decreto cuales deben ser los criterios para adjudicarla.

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    2. No, me referia a las vacantes que se han publicado ahora en el mes de marzo para el proceso de escolarización de este año. Si de aqui a final de curso se puede cubrir alguna de las plazas ya ofertadas por ejemplo porque venga alguien de traslado.

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  88. Buenas tardes, hoy han salido las listas con la puntuación, mi hija va a sorteo y para no perder tiempo hoy mismo he preguntado en el centro si me dejaban ver los expedientes y me han hecho rellenar una solicitud y me han dicho que me llamarían para concretar cita y hora. Me han dicho que sólo dispongo de una hora para visualizar las 86 solicitudes ¿es legal que te pongan un tiempo para ver los expedientes? ¿Se le podrían realizar fotografías a los expedientes? El plazo para poder ver los expediente es hasta el día 27 de este mes.
    Gracias de antemano. Reciba un cordial saludo.

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    1. La respuesta a lo del tiempo límite es rotundamente NO. Esa es una práctica habitual en muchos colegios, es ilegal. Lo de sacar fotografías a los expedientes, entiendo que no, lo que si tienes derecho es a pedir copia completa del expediente (por supuesto respetando datos personales y no divulgando la información que obtengas fuera del procedimiento de escolarización).
      Mi consejo: aprovecha la hora al máximo, id dos personas, tu y tu mujer, por ejemplo, y tomad notas los dos a la vez, sobre todo nombres y apellidos y DNIs de padre madre y domicilios declarados para poder comprobarlos luego. También los que declaran trabajar en el colegio comprobar que consta certificado de que trabajan allí y desde cuando. Sospechad de las familias que tienen puntos por renta y son monoparentales, muchas son fraudes. Si en la hora no te da tiempo, exige que te dejen mas tiempo, esa limitación no tiene base legal. Hazlo constar por escrito que no te han dejado mas de una hora para ver los expedientes. Quejate en Delegación de Educación. Si a pesar de eso no te hacen caso, puedes ir al Juzgado para que en un procedimiento urgente y rápido de protección de derechos fundamentales el Juez les exija dejarte ver los expedientes.

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    2. Muchas gracias, así lo haré. Cuando tenga nuevas noticias iré informando

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  89. Buenas tardes, mi hija tiene 3 años y entra en sorteo si al final le adjudican un colegio que yo no he solicitado como podría reclamar, porque trabajo a 20 km de donde resido y necesito un colegio con aula matinal y comedor y son precisamente los colegios que "están de moda" los que tienen estos servicios y son imprescindibles para mi porque entro a las 8 y salgo a las 14 y mi marido trabaja en Madrid y yo no tengo familia que me pueda ayudar.
    De que manera podría solicitar, reclamar o suplicar un centro con estos servicios.
    Gracias

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    1. Conozco solo la normativa en Andalucia, supongo que en Madrid será similar. Tienes que entender que tu tienes esos problemas que dices pero otras familias tienen otros diferentes, si discrecionalmente la Administración pudiera repartir las plazas subjetivamente dependiendo de las circunstancias de cada uno, eso sería una puerta abierta al enchufismo y a la arbitrariedad. Para evitar eso, hay unas normas que, por ejemplo, en Andalucia, dan 14 puntos por vivir cerca del colegio, puntos por minusvalía, puntos por renta, familias monoparentales, etc... Cualquier otra circunstancia personal tuya, por muy digna de respeto que sea, no puede tenerse en cuenta para darte plaza a ti con preferencia a otras familias. Lo único que puedes exigir es que se cumpla la ley, ver los expedientes de los otros niños/as, comprobar domicilios, rentas, etc. y asegurarte que no haya fraudes. Lo que no puedes pedir es que hagan un excepción y traten tu caso concreto dándote una plaza y quitándosela a otro niño que tenga más puntos que tú. Mi consejo es que investigues domicilios de otros niños/as, siempre suele haber hasta un 10 ó 30% incluso de fraudes, si los detectas y consigues que los echen, tienes mas posibilidades de entrar.

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    2. Mi marido es el que trabaja en Madrid yo vivo en cadiz y no digo en que me saquen la plaza en el centro que he pedido me daría igual cualquiera que tenga aula matinal y comedor

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    3. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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    4. entonces supongo que estarás empadronada tu sola con el niño en Cádiz, si tu trabajas y ganas poco, probablemente te corresponden puntos por renta (puedes alegar que tu marido no forma parte de la unidad familiar y por tanto sus ingresos no se computan, aunque es discutible), lo que implica que casi seguro entras en el colegio que quieres, porque los puntos por renta (aunque sean solo medio punto) te sirven para "desempatar".
      Pero si por puntos no entras, siento decírtelo, pero el conseguir plaza en un centro con aula matinal y comedor depende de que haya plazas vacantes, y habrá vacantes en aquellos centros donde hayan sobrado plazas después de adjudicarlas a aquellos que tienen más puntos que tú.

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    5. Hoy he ido a revisar expedientes y he apuntado todos aquellos sopechosos, especialmente los que estan empadronados con los abuelos,... Ahora que tendría que hacer, en el colegio me han dicho que por los puntos de renta ya "no se puede defraudar" , si trabajas en negro claro pero eso no se puede demostrar, y que es casi imposible que pueda hacer algo aunque hallan mentido en el empadronamiento que da igual que no vivan ahí que si están empadronados es suficiente.

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    6. Lo que quieren es quitarte las ganas de alegar y recurrir. No les hagas ni caso. El Padrón tiene presunción de veracidad salvo prueba en contrario, es decir, diga lo que diga el padrón, si demuestras que lo que dice no es verdad, prevalece la realidad. Tienes que ir al Registro de la Propiedad con los nombres y DNIs de padres y madres y pedir nota simple de las viviendas que tengan a su nombre en la zona (cada nota cuesta 3 euros), encontraras algunos que son propietarios de una vivienda en otra zona de la ciudad, esos debes denunciarlos como posibles fraudes. Aquellos que no tengan nada a su nombre, pueden vivir de alquiler, esos son más difíciles de detectar. Denuncia en alegaciones a todos aquellos que en Registro de la Propiedad tengan una casa distinta a la del Padrón (son posibles fraudes, aunque nada impide ser propietario de una casa en un lado de la ciudad y vivir de alquiler en el otro extremo al lado del colegio, es posible, pero raro).
      Lo de la renta: sospecha de las familias supuestamente monoparentales. Son muchos los casos de familias que trabaja solo el padre y lo que hacen es empadronar a la madre y los niños con los abuelos y el padre aparte, de esa forma no suman la renta del padre y obtienen puntos por renta. Fijate al final de la solicitud donde pide el numero de miembros de la familia, asegúrate que venga el padre si no viene, sospecha. Sospecha también de gente que dice trabajar en el colegio, hay colegios que contratan como monitoras de comedor o actividades extraescolares a madres por 10 horas a la semana en febrero y las despiden en junio solo para darles puntos. Espero servirte de ayuda.

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  91. Buenas soy de Algeciras. . Mi hija cursará este año segundo ciclo educación infantil. . Tengo 14 puntos por domicilio pero no me han dado puntos por renta cuando es de 5112 € (ayuda familiar de 426 €) solo cobraba yo y somos 3 miembros .
    La monja del centro dice que no me pertenece. . Es cierto? Puedo reclamar?
    Gracias de antemano

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    1. Para dar puntos por IRPF se tienen en cuenta los datos del último IRPF presentado a fecha de solicitud, es decir, el IRPF presentado en 2014 que era el del año 2013.
      Es decir, si no te dan puntos por renta, es porque en 2013 ganarías bastante mas dinero que ahora.
      Si no fuera así, es decir, si también en 2013 estabas ganando los 426 euros, entonces debes alegar y pedir que te den los puntos por renta (con que te den 0,5 ya "desempatas" y evitas pasar por el sorteo)

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    2. Si lo se la renta era de 2013 y la cantidad es lo que les sale a ella en el programa seneca.
      Muchísimas gracias mañana alegare para pedir mis puntos

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  92. Buenas noches, mi caso es prácticamente como el de las demás familias tengo una hija de 3 años y he echado la solicitud para cursar la enseñanza de segundo ciclo de educación infantil. Me surge la duda tras la visita de expedientes. lo primero que hemos podido comprobar es que el domicilio que ponen deja una seria de dudas, te expongo varios casos, el primer caso- domicilio de empadronamiento, el niño y la madre solo los dos y el padre no entrega ningún lugar de empadronamiento (nada)???, segundo caso el niño, el padre y los abuelos están empadronados en la misma vivienda pero la madre no aparece en el empadronamiento e incluso no entrega ningún empadronamiento de ella??. Otro aspecto es el tema de la Renta, te expongo los casos que he visto. el primero- en el punto 9 de la solicitud ponen solo a uno al padre o a la madre ( según me dice la J.A tras preguntarle, dice que con uno solo ya es suficiente para cotejar la renta ( sin uno de los dos no firma y la declaración la hacen conjunta , están cometiendo una infracción puesto que están recabando información que nos ha sido autorizada por el que no a firmado ( esto es así) (podría ser motivo de anulación esta baremación)???. Si alguno de los padres no le interesa que miren sus datos pero si ha hecho la renta y supera con creces pero no firma el apartado 9,¿ solo computaría el que lo firma???(podría ser motivo de anulación esta baremación por no haber firmado alguno de los dos??? (después de ver los expedientes y ver que hay muchos que solo se pone uno de ellos y casualidad que todos tienen puntuación por renta yo le digo a la J.A que el truco esta en poner solo el que tenga la renta más baja o incluso no tenga y obtiene puntuación por ello). el segundo caso--tendrían que aparecer todos los miembros computables que están en el empadronamiento con el niño( ejemplo abuelos , padres e hijo mayores de 16 años hagan la renta o no , pero hayan percibido algún tipo de remuneración ). sSi no aparecen algunos de miembros computables que si que están en el empadronamiento es motivo de anulación de esta baremación por renta ( cual sería la unidad familiar en este tipo de empadronamientos con abuelos ,padres e hijos.
    Espero que me puedas ayudar , el jueves presentare la reclamación .
    Un saludo.

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    1. Los empadronamientos el colegio los mira de forma telemática, no queda ningún rastro en el expediente, solo aportan certificado aquellos padres que se han empadronado hace poco y por tanto no les consta en el sistema informático el lugar donde viven, esos empadronamientos recientes son sospechosos, conviene denunciarlos y pedir que los comprueben y que manden a la policía local o autonómica a las casas a comprobar si viven allí, el colegio va a decir que en alegaciones no, pero si no luego en recurso de alzada se debe pedir a delegación que mande a la policía.
      Lo otro que dices de la renta es un fraude típico, debes alegar y decir que les quiten puntos por renta a esas familias, el truco consiste en que en una familia que no trabaja mas que el padre, empadronan a la madre sola con los hijos y al padre en otro domicilio como si vivieran separados y de esa forma no computan los ingresos del padre y les dan puntos por renta indebidamente.
      El concepto de familia viene en la ley del IRPF, los abuelos no forman parte de la familia, pero por supuesto los padres y madres, si están separados físicamente pero no legalmente (es decir, empadronados en casas distintas) deben sumarse las rentas de padre y madre, en mi opinión.

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  93. Gracias.
    También decir que ayer hable con la directora del Centro tras reunirse con el consejo escolar y me dice que si los empadronamientos donde aparece la madre, el hijo, y abuelos, y el padre no, hay que comprobar la fecha de empadronamiento ya que si es anterior a 31 de diciembre de 2013 pueden entrar los abuelos, tíos , hermanos de los padres en la unidad familiar incluso en ascendente.
    También decir que en el apartado 9 la información de carácter tributario cuando solo ponen a uno de los padres para que revisen la renta, aunque estén soltero y tengan empadronamientos separados, decir que han rellenado ese apartado de forma ILICITA para que no comprueben la renta del otro padre ( tras hablar con la directora me comenta que llevo razón tras consultarlo con el consejo escolar) , que va a solicitar a todos los padres la renta ó la autorización para cruzar datos, si no lo hacen es motivo de anulación los puntos que le hayan obtenido).en el caso de que diga que ella vivía solo con su hijo/a tiene que demostrar la monoparentalidad y esto supone que el padre no reconoce a la niña/o ósea que no aparece en el libro de familia.
    El tema de empadronamientos también decir que busquen el domicilio en catastro por qué se puede dar el caso de que estén empadronados en una finca/vivienda destinada a uso comercial ó industrial no RESIDENCIAL, ojo el ayuntamiento no sé cómo los ha empadronado en ese lugar pero puede darse el caso, a mi me ha pasado tras revisarlo en catastro e ir a la finca a verificarlo.
    Comento todo esto porque es una INJUSTICIA LA FORMA DE HACER CRIBA CON LAS FAMILIAS NORMALES, CASADOS, CON UNA VIVIENDA Y TRABAJANDO. A la hora de valorar somos los más perjudicado, pienso que incluso un poco discriminados. Otra cosa que no entiendo es por que miran la renta para que un niño tenga más derecho que otro para entrar en un cole. otra cosa es el domicilio familiar , yo vivo enfrente del colegio y no tengo plaza, pero el que vive fuera de la zona de influencia y hace el empadronamiento con los abuelos para que le corresponda este colegio al final tiene más opciones hasta que tu, porque seguro que hace lo del truco de la renta. Bueno os dejo esta información y un poco de mi indignación referente a la baremación que hace la Junta.
    Gracias y un saludo.

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  94. Gracias por la informacion.Tienes toda la razón. Es totalmente injusto el baremo, porque no se puntua el que los padres estemos trabajando. Y edto a la hora de solicitar un centro con aula matinal y comedor es importante.
    Injusto es tambien que No Adjudiquen plazas que se queden vacantes antes de empezar el curso escolar y de resolverse los recursos d alzada a los que edtamis en la "lista de no admitidos".
    Asi actuo la Delegacion de Cadiz el curso pasado.
    Nos quedamos los primeros de la lista y habiendo 3 plazas vacantes no nos la dieron. Las dejaban sin cubrir para posibles traslados. Y asi se ha pasado el curso con 3 plazas vacias en el centro que solicitamos como prioritario y con mi hijo en un centro q se nos asignó de oficio sin aula matinal ni comedor...

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    1. Escribimos al Defensor del Pueblo Andaluz por este hecho y nos ha dado la razon. Estamos esperando la respuesta que le da la Direccion General de Planificacion y Centros. A parte tenemos puesto un Contencioso Administrativo contra la Delegacion d Educacion de Cadiz.
      Tened en cuenta q esto si no protestamos y lo cambiamos,os puede pasar a cualquiera de vosotros.
      Y no os podeis imaginar lo que se siente cuando tu hijo podria haber empezado el curso en el colegio que tu quieres y te ves en otro que no cumple con los servicios que necesitas, y que se le da prioridad a cualquiera que venga de fuera, antes que a ti que llevas toda tu vida viviendo aqui, trabajando aqui y pagando tus impuedtos aqui y estas el primero de la "lista de no admitidos"

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  95. El Defensor del Pueblo, con todos los respetos, es una institución supérflua, nos cuesta un monton de dinero en impuestos y conozco muy pocos casos que solucione, de hecho varias comunidades autónomas están prescindiendo de él. No obliga a la administración, solo los tribunales pueden obligar a al administración. Muchos casos de escolarización que conozco han acudido al defensor del pueblo, y les ha dado la razón, pero la Consejeria de Educación no ha hecho ni caso. El dinero que nos cuesta el defensor de pueblo serviría más si se destina a reforzar el servicio de abogados de turno de oficio gratis para familias con pocos recursos.
    Por otro lado, ten en cuenta que conforme a la Ley en el momento en que pongas un recurso judicial el defensor del pueblo se desentiende del asunto.
    El procedimiento ordinario de admisión esta reglado y ahí es difícil que haya fraudes a no ser que sea dando datos falsos, y ya son muchos los padres que están encima para evitar que haya chanchullos.
    El procedimiento extraordinario, en cambio, no esta claramente regulado, por ello es un inmenso "coladero" para que algunos colegios puedan "enchufar" a quien ellos quieren, ignorando la puntuación de otros que quedaron fuera y en lista de espera.
    Según una instrucción interna de la Consejeria (ojo, que no vincula, es solo una interpretación que hace la consejería de la norma vigente, tan valida como la que hago yo o como la que haga mi abuela) la "lista de espera" de no admitidos tras el procedimiento ordinario "muere" en junio, es decir, según ellos estar el 1º en lista de espera solo te sirve si en junio alguno de los "si admitidos" no se matricula y entonces te dan esa vacante. En cambio, si a mediados del curso a antes de empezar el curso alguno matriculado renuncia, eso es una plaza "extraordinaria" que la guarda el colegio/delegación para supuestos "traslados". Al final, esas plazas muchas veces se adjudican de forma un poco arbitraria.
    En mi opinión, la lista de espera de "no admitidos" debe estar "viva" hasta marzo del curso siguiente (es decir, cuando se inicia el siguiente proceso de escolarización), es decir, que si hay una vacante en noviembre a mediados de curso, deben dársela al 1º de lista de espera, no adjudicarla alegremente a los "traslados". De hecho, creo que ese era el criterio de la delegación hasta hace pocos años.
    (Ahora mismo tengo un recurso en los Juzgados de Cádiz por este tema, una plaza vacante a mediados de curso que el colegio "se la guarda en el cajón" y no la ofrece, y mi cliente era el 1º en lista de espera)
    en fin, un saludo y que haya suerte

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    1. El problema es que no esta claro cuando termina el procedimiento ordinario y cuando se deben publicar las vacantes que resultan tras la certificacion de matricula.
      Porque segun el Decreto y la Orden, las vacantes no se deben publicar hasta que no se resuelvan los recursos d Alzada. Por lo tanto, no se deberian publicar el 10 de junio, porque no ha finalizado el plazo para poner los recursos.
      En nuestro caso, el recurso se resolvio el dia 9 d septiembre y las vacantes se produjeron el 5 d septiembre por alumnos ya matriculados que se dieron d baja. Tendremos que esperar a ver que dice el juez.

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  96. Hay 2 tipos de vacantes (a) niños que obtienen plaza pero no se matriculan, esas plazas se anuncian en tablón en junio, (b) niños que se han matriculado pero causan baja antes de empezar el curso o una vez iniciado. Efectivamente, mientras haya recursos pendientes de resolver, no deben ofrecerlas, pero muchas veces no se hace así.
    Mira la instrucción de este año en:
    http://www.adideandalucia.es/normas/instruc/Instruc24febrero2015Escolarizacion.pdf
    aquí puedes ver el criterio de la Junta de Andalucia (ojo, no es vinculante, es solo la interpretación que ellos hacen de la norma, yo personalmente discrepo en muchas cosas)

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    1. Muchas gracias. Si, con esas Instrucciones que ya sacaron el año pasado, quieren hacer desaparecer la lista de espera.
      Aunque ahi lo unico que dice, que tras la publicacion de las vacantes, no tenemos prioridad los de la lista de admitidos, no que ya no existamos. Pienso que de no haber ningun de traslado, esas plazas deben darselas a los de la lista de admitidos.
      Es una injusticia que no las oferten. Espero que podamos cambiar eso. Un saludo!

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    2. Yo entiendo que las Instrucciones lo que quieren decir es que los "no admitidos" en "lista de espera" dejais de existir a partir de que se hacen las matriculas, una vez se matriculan el 100% de los niños, ya no se os tiene en cuenta, estais en igualdad de condiciones que un niño que venga, por ejemplo, trasladado de otra provincia, ese creo que es lo que quiere decir la Instrucción. (Ojo, es un criterio que yo no comparto, en mi opinión la lista de espera debe estar vigente hasta el siguiente proceso de solicitud de plaza, en marzo del año siguiente, pero parece que la Consejeria no piensa lo mismo)

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  97. Buenas tardes, tengo una duda respecto a lo que habéis expuesto, En el cole donde hemos echado la solicitud no estamos admitidos, entonces tras investigar por nuestra cuenta algunos de los empadronamientos que hemos visto irregulares hemos contratado a un detective para que revise el empadronamiento de una familia y ya tenemos pruebas para echar al niño.
    Mi duda es la siguiente, si en el sorteo mi hija no entra y se queda la primera de la lista y echamos el recurso de alzada contra la familia de la cual tenemos todas las pruebas y la admiten y echan al niño en cuestión, NO ENTRARÍA DIRECTAMENTE EL PRIMERO DE LA LISTA DE ESPERA??? o esa plaza la dejan para traslado??por que si es así, denuncio al cole por no comprobar y detectar las infracciones en su debido momento.
    haber que me podéis decir sobre esto?
    Gracias

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    1. Dices que no estais admitidos, entiendo que lo que hay es una lista provisional con puntuaciones en la que estais empatados a 14 puntos con otros varios padres, y hay mas solicitudes que plazas.
      Si en junio quedais tras el sorteo los 1º de lista de espera (es decir, en el puesto 1º de los no admitidos) y recurris en alzada y ganais el recurso, echan al niño "falso" y entráis vosotros. Cuando reservan esas plazas es cuando son vacantes a lo largo del curso. También si el niño "falso" es de 14 puntos, al echarle hay que recalcular el sorteo, y por efecto de las matemáticas (ya que no es lo mismo aplicar la fórmula sobre 15 empatados que sobre 14, por ejemplo) puede ocurrir que (además del fraude) uno de los que ha entrado "salga" y corra la lista de espera 2 puestos. No obstante, mi consejo es "denunciar" a todos los fraudes que veas, no solo uno, para tener más posibilidades, me extrañaría que hubiera solo uno.

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  98. Buenas tardes,
    Ante todo, gracias por tu tiempo!! Este blog es magnífico para resolver dudas de padres inexpertos como nosotros.
    Te comento nuestro caso por si pudieras darnos una orientación.
    Desde hace cuatro años residimos en un domicilio en Sevilla y este año hemos solicitado plaza para nuestro hijo en 2º de educación infantil en los colegios más cercanos al domicilio, todos ellos concertados Nuestro error imperdonable es que no estábamos empadronados en este domicilio, constando el padre en el domicilio de sus padres en un pueblo de la sierra norte de Sevilla y nuestros hijos y yo, en el domicilio de mis padres en un municipio del aljarafe (imagino que por defecto, los habrán empadronado conmigo porque nosotros no hemos solicitado nada).
    Cuando hemos intentando subsanarlo, ya en fase de alegaciones, hemos entregado el certificado de empadronamiento del Ayto de Sevilla y los contratos y facturas de los suministros de luz, agua, gas y comunidad desde antes de nacer nuestro hijo (era la documentación que nos dijeron que entregáramos). Ahora han resuelto desestimando nuestra alegación y nos comentan que sólo podemos intentarlo con un recurso de alzada, porque a priori, nuestro hijo, con cero puntos, va a quedar fuera de todos los colegios solicitados.
    Nuestra pregunta es la siguiente: ¿tenemos posibilidades con un recurso de alzada? porque en la normativa no se especifica expresamente el requisito de antigüedad del certificado de empadronamiento (arts. 19 y 47.2 D 40/2011) y en caso contrario, ¿es preferible no matricular a nuestro hijo en el colegio que le asignen y esperar al curso próximo?
    Muchas gracias por tu atención.

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  99. Si a la fecha de presentación de solicitudes (30 de marzo) aún no aparecíais empadronados allí, lo tenéis difícil pero no imposible. El padrón es una prueba del domicilio, aunque no absoluta, porque puede destruirse por otras pruebas. A 30 de marzo no estabais empadronados, según padrón, por lo que deberéis aportar otras pruebas que demuestren que si vivíais allí de verdad (luz, agua, teléfono, vecinos, muy importante, en IRPF el domicilio que declarasteis el año pasado en la renta de 2013 y ahora en la de 2014). Con todas esas pruebas, haced recurso de alzada, que se resuelve ya en septiembre y si no os dan la razón teneis que ir al Juzgado, mientras los recursos (de alzada o al Juzgado) no se resuelvan (eso lleva meses o años), podeis matricular al niño donde queráis, si ganais luego el recurso simplemente haceis el traslado de expediente de un colegio a otro y ya esta. Otra opción es no escolarizar al niño (educación infantil no es obligatorio) y esperar a que se resuelva el recurso (seamos realistas, en recurso de alzada no os van a hacer caso, quizás el Juez si, pero eso son no meses sino años, mínimo 1 año, el recurso al Juzgado debéis meterlo cuanto antes para que vaya rápido).

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  100. Muchas gracias por tu respuesta.
    En principio, toda esa documentación la llevábamos adjunta en las alegaciones (recibos y contratos, declaraciones de renta de los últimos tres años (incluido el borrador de éste año) y escrito de la administradora de la propiedad) pero nos dijeron que con los recibos era suficiente y no era necesario adjuntar nada más.
    Presentaremos la reclamación en esta semana, tanto en el colegio como en la delegación y adjuntaremos todo lo que tenemos, incluída un acta notarial, por si sirviera de algo.
    De nuevo, muchas gracias por tu tiempo.

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  103. Buenos días, ya salió en el sorteo el numero 0.1567, en mi caso hay 10 niños para el sorteo y 4 plazas, según los cálculos me sale el numero 2 y entran el 2,3,4,5, y mi hija es el uno, así que nada se queda fuera. Entonces vamos hacer lo siguiente, hemos investigado los empadronamientos y tenemos 3 niños que tenían más de 14 puntos que no contaban para el sorteo, y 1 niño que tenía 14 y contaban para el sorteo. Si echan a los niños como se reorganiza el sorteo ó el número de plazas.
    Entraría primero los 3 niños que se han quedado fuera del sorteo (6,7,8) ó
    Se suman las plazas a las 4 primeras que había para el sorteo y se elimina al niño fraude de 14 puntos y quedaría 7 libres para el sorteo entre 9 niños (quitando el que esta irregular).
    El caso es que uno de los que ha entrado por sorteo es el que ha cometido fraude, entonces como lo hacen??
    No sé si me he explicado bien, es que nos ha salido lo peor que podía ocurrir.
    Supongo el caso en el cual entraría mi hija, si es que lo hacen así,1º echan a los 3 niños que estaban dentro por fraude y entran los 3 siguientes de la lista (6,7,8) entonces quedan el (9,10,1), pero resulta que uno de los que ha entrado por sorteo es fraude, con lo que se aplicaría de nuevo la formula con los que quedan (1,9,10) , si aplico la formula 0.1567*3=0.4701+1=1.4701,me sale 1, por lo que entraría el primero de la lista, en este caso mi hija,¿¿esto puede ser así o no??. Un saludo.

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    1. a los niños que revisen la puntuación no es que los echen, es que se revisan sus puntos. A resultas de las comprobaciones que se hagan, puede que niños que tenían más de 14 puntos queden con 14 ó con 0 puntos, y que niños que tienen 14 se queden en cero puntos.
      en tu caso, si hay 10 empatados a repartirse 4 plazas, y me dices que hay 3 fraudes de más de 14 puntos y 1 fraude de 14 puntos, esos 4 niños quedan en 0 puntos, quedarían 7 plazas (4+3) a repartir entre los de 14 puntos, que ahora seríais solamente 9 (10-1), entonces hay que volver a aplicar el sorteo y lo que salga
      es decir, el sorteo debe volverse a aplicar con la nueva lista de empatados que queden

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    2. puede darse incluso la paradoja de que, al recalcularse la lista tras revisar las puntuaciones, se quede fuera algún niño que ahora esta dentro, sin haber cometido fraude, solo por efecto de las matemáticas
      ojo: este parece que no es el criterio de la delegación, en casos en que después de aplicar el sorteo se descubren fraudes, lo que están haciendo en algunos casos es mantener el número de orden de entrada sin recalcularlo, pero eso es incorrecto

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  104. Buenos dias, el dia 6 tras preguntar sobre la cuestion anterior me contesta esto:
    Dices que no estais admitidos, entiendo que lo que hay es una lista provisional con puntuaciones en la que estais empatados a 14 puntos con otros varios padres, y hay mas solicitudes que plazas.
    Si en junio quedais tras el sorteo los 1º de lista de espera (es decir, en el puesto 1º de los no admitidos) y recurris en alzada y ganais el recurso, echan al niño "falso" y entráis vosotros. Cuando reservan esas plazas es cuando son vacantes a lo largo del curso. También si el niño "falso" es de 14 puntos, al echarle hay que recalcular el sorteo, y por efecto de las matemáticas (ya que no es lo mismo aplicar la fórmula sobre 15 empatados que sobre 14, por ejemplo) puede ocurrir que (además del fraude) uno de los que ha entrado "salga" y corra la lista de espera 2 puestos. No obstante, mi consejo es "denunciar" a todos los fraudes que veas, no solo uno, para tener más posibilidades, me extrañaría que hubiera solo uno.

    Entonces no entiendo muy bien como lo van hacer. Si entran correlativamente los de la lista por los niños que echan que ya estaban dentro y luego con los que queden que serian 3, se rrecalcularia para entrar por rl niño fraude que ha entrado por sorteo ?? ya me dices un saludo.

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    1. Te explico.
      Si hay una lista de 20 niños empatados a 14 puntos que tienen que repartirse, por ejemplo, 10 plazas, y tras el sorteo, entran a partir del niño 6º de esa lista hasta el 15º inclusive, y luego en recurso de alzada descubren 3 fraudes entre los niños de 14 puntos (y los dejan a 0 puntos) y otro que tenia 15 puntos por renta descubren que no tiene derecho a puntos por renta y queda también con 14 puntos, pasamos a tener una lista de 18 niños empatados a 14 (20-3+1) que tienen que repartirse 11 plazas (10+1), entonces hay que aplicar el sorteo, y al variar las variables de la ecuación (los empatados ya no son los mismos ni las plazas a repartir tampoco son las mismas) entonces deberán entrar en lugar de, por ejemplo, el 6º que salía antes, a lo mejor ahora sale el 5º ó el 7º, si sale el 7º, el niño 6º, sin haber hecho nada malo, la delegación debería decirle "lo siento, pero te quedas fuera por aplicación de la fórmula". Sin embargo, esto ultimo me parece que no vienen haciéndolo, sino que, al "echar" a los fraudes, lo que hacen es que "corra la lista" y meter del 16º en adelante.

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  105. Buenas tardes, sería tan amable de facilitarme un modelo de recurso de alzada para denunciar en delegación a unos padres que han cometido fraude por domicilio y me gustaría saber si al solicitar en histórico del padrón ¿tiene que aparecer la unidad al completo (en caso que no haya divorcio) viviendo en el domicilio que aportan en el expediente? en los casos que he investigado solo hay un padre empadronado en el domicilio que aportan con el niño, el otro cónyuge está empadronado en el domicilio real, se da en los cuatro casos que tengo.

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    1. el modelo de recurso de alzada lo tienes publicado en este blog:

      http://projusa-abogado.blogspot.com.es/2012/05/modelo-recurso-de-alzada-escolarizacion.html

      el padrón lo lógico es que estén todos empadronados, si alguno no esta hay que sospechar

      en casos como el que dices (padre o madre empadronados en otro sitio) suele ocurrir que madres que no trabajan se empadronan solas con los hijos para que en IRPF no computen los ingresos del padre y obtener puntos por renta, eso se hace pero en mi opinión es ilegal, la renta del padre debe sumar aunque no viva con ellos, solo se excluye si hay divorcio u orden de alejamiento

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    2. Muchas gracias por la respuesta, en mi caso dos se han empadronado en Marzo de este año, uno en casa de sus tíos y otro en casa de sus padres, es claro que no ha sido poir la renta, es por escolarizar a sus hijos en el colegio que quieren, los otros dos , madres en este caso, una lleva más de seis meses empadronada en casa de sus padres, pero he podido ver en una copia simple del registro de la propiedad que es propietaria de un piso, el domicilio real y a su vez tiene carga hipotecaria del mismo.
      El último caso es más complejo, ya que la madre siempre ha estado empadronada con sus padres, sabe que puede haber denuncias y se ha ido a vivir con su marido incluido a casa de sus padres, sé todo esto porque es del bloque contíguo al mío y conozco el caso bien.
      La verdad es que le he echado muchas horas a investigar a todas estas familias, seguro que hay más , pero estas son las más claras. Mi caso es algo especial, nuestro hijo de 17 años está en el mismo colegio pero por ser bachillerato privado no nos han dado puntos, ahora me pueden mandar a mi hija a otro sitio con el perjuicio que esto supone.
      Seguiré sus consejos y ya le contaré como me va.
      Mil gracias por todo

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    1. las plazas que hayan quedado vacantes tras adjudicar a todos los que lo pidieron en primer lugar, hay que repartirlas por puntos entre todos los que lo han pedido en segundo lugar, tendras que ver cuantos lo habéis pedido en segundo lugar y cuantos puntos tienes

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  108. Buenas tardes, hoy he estado en delegación en Córdoba y me enseñan un documento del ayuntamiento en el que desestiman la colaboración de este con la Junta para verificar domicilios por parte de la Policía Local ya que ese trabajo es más bien de detectives privados, te sientes indignado, desamparado, desprotegido ante familias que mienten en el domicilio familiar para meter a sus hijos en el colegio por delante de mi hija , me dicen que denuncie a las familias en una comisaría para que se verifique que no viven en esos domicilios, la denuncia de la mano del recurso de alzada, también me dicen que no estaría mal que un detective aportara pruebas, me tienen loco y económicamente no estoy pasando por los mejores momentos,no sé como actuar, a ver si me podría orientar como proceder para no meter la pata. Gracias de antemano.

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    1. la policía local en algunos casos no colabora, la junta de andalucia se agarra a eso para no investigar, pero resulta que la junta de andalucia tiene la Policia Autonómica que tiene competencias precisamente en materia de menores y en varias ocasiones han echado mano de ella la delegación de educación para investigar domicilios, diles a la junta de andalucia que manden a la policía autonómica, que esa no se puede negar porque esta a las órdenes de la junta de andalucia, si no, tendría que ser ya el juez en el juzgado mas adelante el que ordene que investiguen, y al juez no se pueden negar
      otra posibilidad, detective privado, es caro, cuesta unos 300 ó 500 euros por cada niño que investiga, solo te lo aconsejo si tienes pocos niños que investigar (por ejemplo, si estas el 1º en lista de espera y tienes 1 ó 2 fraudes claros)

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    2. Por último, ante el panorama que me encuentro,¿ sería viable, ya que no me puedo permitir un detective, denunciar en comisaría el fraude de todas las familias que mienten en su residencia a la vez que presento el recurso de alzada? o ¿ tendría que esperarme a la resolución que dictamine la Junta , el juez de turno o el que sea?De nuevo agradecerle el tiempo que dedica a contestarme.
      Un saludo desde Córdoba

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  109. Se me olvidaba, también me dice la Junta que según los jueces, el empadronamiento es válido aunque se haga el día 31 de Marzo, tengo dos casos que se han empadronado en el mismo mes de Marzo para presentar la solicitud, ya que el colegio les dijo que no coincidían el padrón con la dirección aportada, tenía entendido que por lo menos tenían que estar empadronados 6 meses antes de presentar la solicitud. Y otra , ninguno de los casos están los padres empadronados en la misma casa, solo el padre y el niño en cuestión están empadronados en casa de los abuelos o de un familiar directo. Gracias de nuevo

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  110. Buenas noches, los recursos de alzada publicados en 04/05/2012 están actualizados o ha cambiao alguna ley o artículo?
    un saludo y gracias por la aportación en este blog.

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